Las tres formas de reactivar el trabajo en casa, según el nuevo decreto

trabajo en casa

El pasado 27 de abril, el Ministerio del Trabajo expidió el decreto 649, con el que se reglamenta el trabajo en casa para empleadores y trabajadores del sector privado en Colombia. El presidente Iván Duque ya firmó la nueva norma que le da la última palabra a los empleadores de establecer las condiciones en que puede implementar esta modalidad del todo o parcialmente con sus trabajadores cuando el próximo 30 de junio se levante la emergencia sanitaria.

El decreto funcionará en circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales y se refiere a “aquellas situaciones extraordinarias y no habituales» como «aquellas que son superables en el tiempo, atribuibles a hechos externos, extralaborales o propios de la órbita del trabajador o del empleador y que facilitan cumplir la labor contratada en un sitio diferente al habitual”.

Siguiendo el anterior punto, el documento también establece tres formas de reactivar el trabajo en casa, en el caso de que la empresa determine nuevamente la presencialidad en las labores: que el trabajador solicite trabajar bajo esta modalidad a su compañía de forma escrita (en formato físico o virtual), que la empresa lo decida por sí sola, o que haya consenso entre la organización y el empleado de entrada. Sin embargo, la última palabra la tendrá siempre el empleador, quien, por ley, tendrá cinco días para responder la solicitud de sus trabajadores.

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Uno de los puntos novedosos de la norma es que contempla el trabajo remoto cuando el empleado está por fuera del país o tiene planeado viajar al extranjero, pues la modalidad puede ser útil a las empresas que buscan retener empleados de alto valor, independientemente de que estos deban cambiar de país temporalmente.

El modelo de alternancia también se incluye dentro del decreto. Esta modalidad en donde el empleado puede ir de forma presencial unos días de la semana, mientras que otros puede trabajarlos desde casa, podrá habilitarse por parte del empleador acordando con el trabajador la frecuencia con la que se llevará a cabo dicha dinámica.

Por último, el decreto establece que en caso de habilitarse el trabajo en casa nuevamente, si bien el empleador no está obligado a aumentar el sueldo de sus empleadores, sí está sujeto a respetar su derecho a la desconexión laboral. Así mismo, la ley también contempla que entre las partes se puede acordar otro tipo de condiciones, como que los empleados trabajen con sus propios equipos.

Imágenes: Unsplash

Andrea Mercado

Andrea Mercado

Por los libros y la escritura me volví periodista, y por la música, locutora. Conversadora profesional. Curiosa, analítica y apasionada por la ciencia, la educación y la cultura. Pianista y pintora en mis tiempos libres. Graduada de Comunicación Social y Periodismo de la Universidad Pontificia Bolivariana. He publicado en Vivir en El Poblado, Rockal.co, Hora 13 Noticias y La X Medellín.

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