La Comisión de Regulación de Telecomunicaciones (CRT) rechazó la solicitud presentada por la Comisión Nacional de Televisión (Cntv) para revocar parte de una resolución expedida el año pasado por la entidad, mediante la cual se pide información a los operadores del servicio de televisión por Internet (Iptv).
Para la CNTV, el organismo regulador de telecomunicaciones no tiene las facultades necesarias para solicitar esta información a las empresas del sector. Sin embargo, todo lo contrario piensa la CRT.
Precisamente, consultado -en su momento- sobre el alcance de la resolución de la CRT, el director de la entidad, Cristhian Lizcano, señaló que la norma mencionada tiene como objetivo monitorear el mercado de banda ancha y los usos que se está dando a la
conectividad.
Hoy se conocerá el texto completo de la resolución de la CRT que niega las pretensiones de la CNTV y se prevé que el regulador recordará, entre otros argumentos, que está facultado por el decreto 1130 de 1999 para “llevar y mantener actualizado un sistema de información de los operadores y concesionarios de los servicios y actividades de telecomunicaciones”.
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