El Consejo de Estado admitió la primera demanda contra el decreto que fijó el salario mínimo para 2026. Con esta decisión se activó formalmente el proceso judicial que evaluará la legalidad del incremento del 23%, que llevó el salario base a $1.750.905, más auxilio de transporte, para un ingreso mensual total de $2.000.000.
La acción fue presentada por el abogado Germán Eduardo Castro Marín y quedó asignada al magistrado Juan Camilo Morales, de la Sección Segunda. Aunque la admisión no define el fondo del caso, habilita el control judicial del decreto y permite analizar una eventual suspensión provisional del aumento aprobado.
La posibilidad de una medida cautelar es relevante porque, de concederse, podría frenar temporalmente el incremento mientras se resuelve el litigio de fondo. Una decisión de este tipo tendría efectos inmediatos tanto para millones de trabajadores como para las empresas obligadas a aplicar el nuevo salario mínimo.
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Demandas, argumentos y antecedentes
El proceso no avanza de manera aislada. A la acción de Castro Marín se suma una demanda de nulidad presentada por la Federación Nacional de Comerciantes, Fenalco, que advirtió que el incremento salarial podría poner en riesgo cerca de 772.340 empleos formales en distintos sectores de la economía nacional.
También fue presentada una acción de tutela por el exmagistrado Alejandro Linares. La acumulación de demandas refleja la división generada por la decisión del Gobierno, adoptada tras el fracaso de la concertación con sindicatos y gremios empresariales durante las negociaciones realizadas en diciembre de 2024.
El eje central de la controversia es la presunta falta de sustento técnico del aumento. Los demandantes sostienen que el Ejecutivo dejó de aplicar las variables tradicionales, como la inflación de 2024, que fue del 5,30%, y la productividad, ubicada en 0,91%.
En su lugar, señalan que se aplicó el concepto de “salario vital”, apoyado en referencias de la Organización Internacional del Trabajo. Según las demandas, este criterio no es vinculante en Colombia y permitió un ajuste del 23%, muy superior a la suma de inflación y productividad, cercana al 6,21%.
Como antecedente relevante, los juristas recuerdan que en 2017 el Consejo de Estado anuló el decreto que fijó el salario mínimo de 2016. En ese caso, el tribunal concluyó que el Gobierno no presentó cálculos técnicos suficientes para respaldar la decisión adoptada.
Escenarios y ruta procesal
Tras la admisión de la demanda, el Consejo de Estado notificó a los ministerios de Hacienda y Trabajo. Ambas carteras disponen de 30 días para presentar su defensa, justificar el aumento aprobado y entregar los documentos técnicos y las actas previas a la expedición del decreto.
En una providencia separada, el magistrado ponente deberá resolver la solicitud de suspensión provisional. Si se concede, el salario mínimo retornaría de forma temporal al valor de 2025, que fue de $1.423.500, mientras se profiere una decisión de fondo.
Si la suspensión es negada, el salario de $1.750.905 continuará vigente durante el proceso judicial, que podría extenderse por varios meses o incluso más de un año, dependiendo de la complejidad del análisis y de las pruebas practicadas.
Para ordenar la suspensión, el tribunal deberá verificar la existencia de una violación manifiesta de la ley o un perjuicio grave e inminente al interés público. El fallo final sentará un precedente sobre los límites del Ejecutivo y el alcance jurídico del concepto de salario vital.
Imagen: Generada con IA / ChatGPT