Parece hay un nuevo problema de movilidad: las motos eléctricas en Colombia. Desde hace algunos años, las ventas de estos vehículos está incrementando por un motivo sencillo: una cantidad importante de vacíos legales que las han convertido en una de las mejores maneras de evadir responsabilidades legales.
De acuerdo con cifras compartidas por la Cámara de la Industria de las motocicletas, solo una de cada diez motos eléctricas que entran a Colombia se registran en el RUNT (Registro Único Nacional de Tránsito).
¿Por qué es esto importante? Al no formar parte del registro, estos vehículos no cuentan con una placa y, por esta misma razón, pueden circular en la mayoría de las ciudades de Colombia violando muchas de las leyes de tránsito, por ejemplo, invadiendo las ciclorrutas. Por este motivo, según denuncias como la de Juan David Quintero, concejal de Bogotá, las motos eléctricas se han convertido en un dolor de cabeza para el espacio público y en un vacío legal explotado por distribuidores y usuarios.
¿Hay necesidad de crear nuevas normas para las motos eléctricas?
Por supuesto, la primera pregunta que muchos pueden hacerse es: ¿cuál es el vacío legal que se está aprovechando? Para conducir la mayoría de vehículos en el país, a los propietarios se les obliga a cumplir con normas como registrar su moto o carro, adquirir seguros y transitar por las vías apropiadas.
El problema radica en que la normativa que regula los vehículos eléctricos es relativamente nueva y, por desgracia, no contempló adecuadamente todas las tipologías. La Ley 2486 de 2025 finalmente creó la categoría de Vehículos Eléctricos Livianos de Movilidad Personal Urbana, incluyendo en ella diversas subcategorías como mopeds y patinetas.
Sin embargo, la gran mayoría de motos eléctricas que se comercializan en el país cuentan con especificaciones técnicas para ser clasificadas como bicicletas eléctricas, a pesar de que no lo son. El principal vacío legal está en que se definió el límite para una bicicleta eléctrica dentro de una potencia de 1000W, lo cual está muy por encima de los estándares internacionales.
De esta manera, al ingresar al país, no requieren elementos como matrícula, licencias de conducción o seguros. Más importante aún, aprovechan este vacío para circular a través de ciclovías, que son espacios reservados exclusivamente para bicicletas.
¿Cuál es la alternativa a estos vacios legales?
Como mencionamos al inicio de este artículo, el principal problema es que estos vacíos legales incentivan la compra de estos vehículos debido a que resultan más económicos. Al no tener que incluir gastos de registro o seguros, el ahorro es considerable. Además, prometen menos tráfico al poder circular por los mismos espacios que las bicicletas.
La alternativa que sugieren los expertos es que en Colombia es necesaria una actualización de la normativa técnica que defina con claridad la máxima potencia permitida para las bicicletas eléctricas. La recomendación sería establecerla en un máximo de 400W y 25 kilómetros por hora, que es el estándar en la mayoría de los países.
Es un problema crítico, considerando que el mercado de las motos eléctricas ha visto un incremento importante. De acuerdo con la DIAN, se proyecta que en 2025 se importaron a Colombia más de 167.000 unidades de este tipo.
Imágenes: Consejo de Bogotá.