¿Quién es responsable de los insultos y calumnias en redes sociales?

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Este jueves 28 de febrero se llevó a cabo una audiencia en la Corte Constitucional de Colombia en la que Facebook y Google respondieron a preguntas acerca de su alcance frente a la moderación de las publicaciones de usuarios de redes sociales. 

En la actualidad, la Corte está estudiando varias tutelas de ciudadanos que exigen sea respetado su derecho al buen nombre y la presunción de inocencia ante acusaciones en las plataformas de Facebook y YouTube, esta última propiedad de Google.

La idea es sentar jurisprudencia en temas como la libertad de expresión en las redes sociales, injuria y calumnia, así como control a las publicaciones de los usuarios, el tratamiento de sus datos personales y la autorregulación de dichas plataformas de Internet.

En Colombia existe la protección a la libertad de expresión. Con ella se protegen tanto el contenido de la publicación como la forma de difusión. Además, las personas tienen derecho a expresar sus ideas de manera anónima, y las plataformas de Internet, como las redes sociales, son una herramienta que permite dicha expresión.

Las tutelas que se están revisando con respecto a publicaciones en redes sociales

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Como informa El Colombiano, uno de los casos tiene que ver con dos personas residentes en Bucaramanga que acusaron a un tercero de ‘estafador’ a través de una publicación en Facebook, con el fin de advertir a otros ciudadanos sobre el actuar de dicha persona. Estos comentarios se difundieron rápidamente y aparecieron más personas que concordaron con dichas acusaciones y compartieron la publicación. La persona acusada por Facebook instauró una denuncia en la que argumenta que se le vulneraron sus derechos al buen nombre y a la honra.

Por otra parte, también se está discutiendo el caso de dos artistas colombianos que se insultaron en redes y que afectan no solo el nombre de uno de ellos sino de la organización Sayco. El afectado argumenta que todo es mentira y que su nombre se ha visto afectado.

También existe un tercer caso en Medellín en la cual se hizo una publicación sobre un administrador de una copropiedad que supuestamente tiene malos manejos en las finanzas del predio. En todos los casos, los afectados presentaron acciones de tutela para defender su derecho al buen nombre.

Al ser cuestionados sobre cuál debe ser el alcance de empresas como Facebook o Google frente a las publicaciones de terceros, Google sostuvo, a través de su representante judicial en Colombia, Lorenzo Villegas Carrasquilla, que no es responsable de crear ni editar el contenido, y por lo tanto no ejerce ningún control previo sobre el mismo.

«Las plataformas de Internet no pueden ser jueces de las publicaciones»

Carrasquilla, además, recordó que «solo en los últimos 5 años, YouTube ha tenido un caso en Colombia donde judicialmente se le ordenó remover un video por ser contrario al derecho». En dicho caso, Google cumplió la orden en menos de 24 horas, de acuerdo con las declaraciones de Carrasquilla. En 2018, Blogger, también propiedad de Google, recibió tres órdenes de eliminación de contenidos dictadas por jueces, que también se cumplieron en poco tiempo.

El representante de Google también se pronunció frente a los casos presentados en la audiencia. Carrasquilla afirmó que «Google no puede determinar si la denuncia del consumidor por unos productos vendidos por el accionante es difamatoria, verdadera o falsa». Así mismo, agregó que «Google no tiene los elementos para investigar una denuncia de supuestas maniobras de directivos de Sayco ni para juzgar la legalidad de esos actos». Así, Carrasquilla complementó con una frase dicha con anterioridad por la Corte: «No corresponde a los privados convertirse en los jueces de la Web». Esto debido a que solo un juez podrá definir si un contenido es legal o ilegal.

Por su parte, Facebook, a través de su representante Luis Alfredo Barragán, explicó que la red social es un lugar que busca que las personas se sientan confiadas y seguras de compartir sus opiniones. De manera similar a Google, Barragán afirmó que «un intermediario como Facebook no debe ser quien determine la verdad».

Al final, ambas plataformas hicieron énfasis en que existen políticas internas que regulan qué se puede y qué no se puede compartir en sus redes sociales. Por ejemplo, no está permitido publicar contenido sexual explícito, que vulnere los derechos de los niños, que viole la privacidad o los derechos de autor.

Continúa la audiencia

Al final, se pronunciaron otras instancias que incluyen representantes de entidades como el Ministerio TIC, la Superintendencia de Industria y Comercio desde la delegatura para la protección de datos personales, la Defensoría del Pueblo, la Fiscalía y la Procuraduría. Durante el resto del día se llevarán a cabo sesiones adicionales especializadas con expertos, periodistas, académicos y abogados.

Imagen: mokee81 (vía iStock).

Enrique Cuartas

Enrique Cuartas

Mi vida gira en torno a la búsqueda: buscas información, buscas música que te gusta, buscas nuevos destinos para conocer, buscas tomar la mejor foto. Administrador de Empresas, bailarín de tango en mi tiempo libre, viajero empedernido, me encantan los idiomas y la tecnología móvil. ENTER.CO es ahora mi plataforma de búsqueda. Escribí para Hipertextual en el extinto blog Celularis y he blogueado a nivel personal en los últimos años.

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