Tatequieto judicial a Hugo Ospina: Tribunal frena intento de bloquear apps como Uber, DiDi y Cabify

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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó la acción popular presentada por Hugo Ospina, líder del gremio de taxistas, quien buscaba el bloqueo de aplicaciones como Uber, DiDi, Cabify e InDriver. En su decisión, el tribunal consideró que no se evidenció una amenaza concreta a los derechos colectivos invocados y reafirmó el principio constitucional de neutralidad tecnológica. Es decir, bloquear plataformas por el tipo de tecnología que usan, como lo pretendía la demanda, iría en contra del derecho que tienen los ciudadanos a elegir libremente los servicios que consumen en internet.

La sentencia también precisó que el uso de estas apps no puede ser limitado sin una disposición legal que lo respalde. El tribunal fue enfático en que ninguna entidad del Estado tiene competencia para bloquear plataformas digitales sin una orden judicial, y recordó que el Ministerio TIC no puede censurar contenidos o aplicaciones salvo en casos extremos como la pornografía infantil.

Más allá del aspecto tecnológico, el tribunal señaló que la verdadera problemática no es la existencia de las plataformas, sino la ausencia de una regulación clara del servicio de transporte privado intermediado por aplicaciones. En ese sentido, exhortó al Congreso y al Gobierno Nacional a avanzar en una ley que regule esta modalidad de servicio, para evitar la informalidad y proteger tanto a usuarios como a conductores.

¿Qué viene para los taxistas, usuarios y las apps?

Para los taxistas representados por Hugo Ospina, el fallo es una derrota jurídica, pero no necesariamente el cierre del debate. La demanda alegaba que estas plataformas promueven el transporte ilegal, afectan la seguridad de los pasajeros, y compiten deslealmente con los taxis legales. Sin embargo, el tribunal y el Ministerio Público concluyeron que los reclamos de tipo económico y gremial no constituyen en sí mismos una amenaza a los derechos colectivos.

La decisión del tribunal puede leerse también como un respaldo tácito al modelo de economía colaborativa que representan estas plataformas. El fallo reconoció que han tenido un impacto positivo en la libre competencia, han ampliado la oferta de servicios y generado nuevas fuentes de ingresos para miles de familias. En términos económicos, estas plataformas han tenido incidencia directa en el PIB y en la modernización del sector de la movilidad urbana en el país.

No obstante, el fallo no significa carta blanca para las aplicaciones. El mismo tribunal, al igual que el Ministerio Público, advirtió sobre fallas reales que deben corregirse: inseguridad en algunos trayectos, uso de conductores no verificados, cancelaciones injustificadas, cobros excesivos y poca transparencia en los algoritmos de precios. Se hizo un llamado urgente a que estas plataformas adopten estándares mínimos de calidad, atención al usuario y protección de datos.

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Ahora bien, cabe mencionar que, este fallo no resuelve de fondo la tensión entre los taxistas y las apps, pero sí redefine los límites del debate: no se trata de eliminar la tecnología, sino de regularla adecuadamente. Lo que está en juego ya no es solo la legalidad de una plataforma, sino el derecho al trabajo, la libre competencia y la calidad del servicio para millones de colombianos que hoy dependen de estas alternativas para movilizarse o generar ingresos.

Mientras tanto, las aplicaciones seguirán operando sin restricciones judiciales, al menos por ahora. La pelota queda en el Congreso, donde cursa un proyecto de ley para regular estos servicios. De aprobarse, podría establecer nuevas condiciones para la operación de plataformas de transporte privado, y dar por fin un marco legal a una realidad que, guste o no, llegó para quedarse.

Imagen: Archivo ENTER.CO

Digna Irene Urrea

Digna Irene Urrea

Comunicadora social y periodista apasionada por las buenas historias, el periodismo literario y el lenguaje audiovisual. Aficionada a la tecnología, la ciencia y la historia.

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