Reconexión gratuita; nueva ley pone freno a cobros abusivos de operadores: Así quedó la norma

Operadores móviles

La reconexión de servicios de internet, telefonía o televisión ya no podrá convertirse en una penalización disfrazada. Así lo establece una nueva ley sancionada en julio de 2025, que modifica el artículo 23 de la Ley 1341 de 2009 y garantiza condiciones más justas para quienes sufren la suspensión de sus servicios por mora.

Con esta actualización, se busca que el restablecimiento de los servicios de telecomunicaciones no se convierta en una excusa para que las empresas impongan cobros exagerados o poco transparentes. El texto aprobado establece que, en principio, los operadores no podrán cobrar por reconectar al usuario, salvo en casos puntuales que definirá la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC).

La reconexión se ha convertido en un obstáculo silencioso para muchas personas, especialmente en hogares con ingresos limitados. El escenario se repite cada mes: una factura que no se paga a tiempo, el corte del servicio y, cuando finalmente se logra ponerse al día, una sorpresa en el recibo siguiente con un cobro adicional por “restablecimiento” o “reinstalación”.

Esta práctica, que por años fue legal y normalizada, ahora será vigilada; la nueva norma cambia el enfoque, pues no se trata de regalar el servicio, sino de impedir que se impongan sobrecostos sin justificación técnica ni regulatoria. Solo si existen razones comprobadas, como desplazamiento de técnicos o reconfiguración de redes, podrá cobrarse, y ese monto debe ser transparente y razonable.

En la práctica, la ley beneficia a usuarios  o trabajadores independientes que depende del internet para recibir pagos, pero que a veces no logra cubrir la factura a tiempo. En el pasado, debían asumir no solo el pago pendiente, sino también una reconexión de hasta $35.000. Bajo esta nueva regulación, ese cobro dejaría de existir, salvo que la CRC decida lo contrario con argumentos técnicos.

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Este tipo de medidas se alinean con los principios de equidad y acceso universal que inspiran la Ley 1341 desde su origen. En su artículo 2, la norma ya establecía que las TIC deben operar en condiciones no discriminatorias, promoviendo el acceso para todos, en especial en poblaciones vulnerables.

La ley también protege la sostenibilidad del sistema, si hay costos reales para reconectar, estos deberán estar respaldados por estudios y aprobados por la CRC. Así, se evita trasladar al usuario cargos arbitrarios disfrazados de “costos operativos”.

En tanto a la financiación, se aclara que cualquier gasto público derivado de la implementación de esta norma debe enmarcarse dentro del presupuesto fiscal del sector. No habrá improvisaciones ni afectación a otras partidas estatales.

Más allá del lenguaje técnico, esta es una ley que le habla directamente al usuario común. A quienes ven sus servicios cortados por un olvido o por una dificultad financiera temporal, y que luego deben enfrentarse a barreras económicas adicionales para reconectar lo que, por ley, es un servicio esencial.

Imagen: Archivo ENTER.CO

Digna Irene Urrea

Digna Irene Urrea

Comunicadora social y periodista apasionada por las buenas historias, el periodismo literario y el lenguaje audiovisual. Aficionada a la tecnología, la ciencia y la historia.

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