Solicitar la visa de turismo o negocios en Estados Unidos será más restrictivo desde septiembre: Estas son las nuevas reglas

VISA

Desde el 6 de septiembre de 2025, Estados Unidos introdujo un nuevo requisito que cambia la forma en la que millones de personas en el mundo deberán solicitar su visa de no inmigrante. La norma obliga a que el trámite se realice únicamente en la embajada o consulado del país de residencia o nacionalidad del solicitante, lo que limita la posibilidad de gestionar el proceso en terceros países con menor congestión de citas.

El Departamento de Estado explicó que quienes intenten aplicar desde consulados fuera de su lugar de residencia “podrían encontrar que será más difícil calificar para la visa”. Esto afecta principalmente a quienes buscaban atajos para evitar largas listas de espera, un recurso frecuente entre solicitantes latinoamericanos.

La medida aplica para diferentes categorías: las conocidas B1/B2 (turismo y negocios), visas de estudiante (F y M), intercambio (J) y trabajadores temporales (como H-1B u O-1). Todas las solicitudes deberán hacerse en la jurisdicción correspondiente al lugar de residencia legal o nacionalidad.

Un cambio clave es que las tarifas pagadas no serán reembolsables ni transferibles. Si alguien ya había agendado una cita en otro país, el dinero podría perderse en caso de no cumplir con la nueva regla. El Departamento de Estado solo contempla excepciones limitadas en casos humanitarios, emergencias médicas o asuntos de política exterior.

Antes de este ajuste, era común que solicitantes reservaran citas en países vecinos para agilizar el proceso. En Colombia, por ejemplo, las demoras en Bogotá llevaron a que algunos aplicaran en Panamá o República Dominicana. Con la nueva disposición, esa alternativa queda prácticamente bloqueada.

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El impacto inmediato se verá en las listas de espera de embajadas y consulados. Analistas de la industria turística advierten que la centralización puede aumentar la presión sobre oficinas ya saturadas, lo que generaría más demoras y afectaría la llegada de visitantes a Estados Unidos. En 2024, los turistas internacionales representaron una parte clave del gasto en la economía estadounidense, pero las proyecciones para 2025 ya anticipaban un descenso.

El gobierno norteamericano sostiene que la decisión busca ordenar y unificar el proceso. Según la explicación oficial, realizar la solicitud en la sede consular con jurisdicción sobre el lugar de residencia garantiza controles más precisos y evita desigualdades entre solicitantes.

Para los colombianos interesados en aplicar, lo recomendable es agendar directamente en la Embajada de Estados Unidos en Bogotá y preparar la documentación que acredite residencia en el país. Entre los soportes más comunes están contratos laborales, registros migratorios, facturas de servicios y permisos de residencia, en caso de extranjeros que residan en Colombia.

Otro aspecto a considerar es el riesgo financiero. Si se tenía una cita prevista en un tercer país, las tarifas ya pagadas no podrán recuperarse. Por ello, las autoridades aconsejan no iniciar procesos fuera del país de residencia, salvo que se trate de una situación extraordinaria que pueda justificar una excepción.

Aunque la norma busca mayor claridad en los procedimientos, también genera preocupación en sectores que dependen de la movilidad internacional. Estudiantes que planean iniciar programas en universidades estadounidenses y profesionales contratados por empresas norteamericanas podrían enfrentar tiempos de espera más largos antes de viajar.

Requisitos para solicitar la visa de turismo, negocios y estudio en EE. UU. desde septiembre de 2025

Requisito Descripción
Lugar de trámite La solicitud debe hacerse en la embajada o consulado del país de residencia legal o de nacionalidad.
Residencia comprobada Se deben presentar documentos que demuestren residencia legal en el país desde el que se aplica (contratos, visas de residencia, facturas de servicios, PEPS, entre otros).
Pago de tarifas Las tarifas pagadas no son reembolsables ni transferibles si la cita se agenda fuera del país de residencia.
Entrevista obligatoria La cita de entrevista debe realizarse únicamente en el consulado competente según la jurisdicción.
Excepciones limitadas Solo se permiten en casos humanitarios, emergencias médicas o por razones de política exterior, evaluadas individualmente.
Categorías cubiertas Turismo y negocios (B1/B2), estudiantes (F, M), intercambio (J) y trabajadores temporales (H-1B, O-1, entre otros).

 

Imagen: Archivo ENTER.CO

Digna Irene Urrea

Digna Irene Urrea

Comunicadora social y periodista apasionada por las buenas historias, el periodismo literario y el lenguaje audiovisual. Aficionada a la tecnología, la ciencia y la historia.

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