Cambio en la reforma tributaria hace respirar a las startups

Reforma tributaria

La reforma tributaria ya está en debates de aprobación en el Congreso de la República. Durante su primer debate se dio un cambio en el cálculo de impuesto al patrimonio que le permite a los fundadores de startups respirar más tranquilos.

Esta sutil forma de hacer el cálculo, lo que significa un alivio para las preocupaciones de los inversionistas en general. El cambio en cuestión afecta directamente el artículo 22 del texto propuesto, justo en el que se proponía hacer el cálculo del impuesto al patrimonio. En este punto se tenía como referencia el valor intrínseco de las acciones de las empresas. La preocupación de los fundadores de las startups estaba en que el valor de muchas de estas compañías de tecnología se calcula con proyecciones a futuro.

La modificación propuesta a este artículo dice que la base gravable para calcular el impuesto al patrimonio para empresas privadas que no coticen en la bolsa se realizará “el costo de adquisición de las acciones, cuotas o partes de interés poseídas por el contribuyente”. Ante este respecto, el director de la Dian, Luis Carlos Reyes, anunció en su cuenta Twitter que “la base gravable del impuesto al patrimonio será el costo fiscal, no el valor intrínseco”. Dijo que como entidad buscarán que el valor intrínseco se reporte con fines informativos para fortalecer el sector de las startups.

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Freddy Vega, cofundador de Platzi, respondió en Twitter al trino del director de la Dian. Reconoció que sin saber cuál sería el texto final de la reforma, la nueva forma de calcular el impuesto significa una buena noticia. “Muestra que @JoseA_Ocampo @luiscrh y el equipo de gobierno escucharon en un proceso democrático”, dijo.

Un ejemplo ilustrativo

Para explicar mejor el panorama de lo que cambió en la reforma, vamos a demostrarte lo que se modifica con el cambio en el artículo 22 de la reforma entre valor intrínseco y valor nominal. Precisamente, Fredy Vega en el foro sobre la reforma tributaria de Blu Radio expuso un ejemplo ilustrativo:

10 millones de acciones valuadas en US$ 0,001 por acción, esto es lo que pagan los dos fundadores que mantienen el 80% de una empresa. Más un inversionista que compra el 20% restante.

Entonces, el valor patrimonial de adquisición para cada fundador (que posee 4 millones de acciones) es de US$ 4000 (que son COP$ 18.000.000 aproximadamente).

Por su parte, el valor intrínseco por acción sería US$ 0,2. Esto quiere decir que la base gravable para el impuesto al patrimonio hubiese sido de US$ 803.000 (COP$ 3617 millones de pesos), con este valor tendría que pagar de impuesto más de COP$ 36 millones.

Imagen: Senado.gov.co

David Jojoa

David Jojoa

Me hice comunicador porque con las letras descubrí mundos inexplorados. Para mí, la tecnología es un mundo por descubrir y cuando ya casi lo descubro surge algo más fascinante. Estudié comunicación y maestría en gerencia de la comunicación en Venezuela, porque tengo la fortuna de ser el venezolano en Colombia y el colombiano en Venezuela.

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