Alerta en empresas celulares por restricción para antenas en Bogotá

Alvaro Sandoval
Redacción Tecnología

La decisión del alcalde mayor de Bogotá, Samuel Moreno, de sancionar el Acuerdo 399 del Concejo de la ciudad, que establece restricciones para la ubicación de antenas de telecomunicaciones en el Distrito Capital, ha puesto en alerta a los operadores de telefonía móvil.

Para las empresas celulares esta iniciativa va en contra de los usuarios, pues las condiciones establecidas por el Concejo pueden impactar la calidad del servicio en algunas zonas de la ciudad. En diálogo con este diario, el directivo de un operador móvil que pidió la reserva de su nombre fue claro al señalar que esta norma va a afectar el cubrimiento y el desempeño de su servicio, en especial ahora que los abonados utilizan la telefonía celular no solo para llamar, sino para navegar por Internet o descargar contenidos (música o videos).

Hay que recordar que el desarrollo de estos nuevos servicios requiere de redes móviles de tercera generación (3G) que necesitan de hasta tres veces más antenas que las tecnologías anteriores. Consultado sobre el tema, un fabricante de redes móviles señaló que esta medida va a afectar la competitividad de los operadores, en especial, los que continúan realizando labores de ampliación y fortalecimiento de cobertura en Bogotá.

No obstante, esta fuente denunció que los operadores móviles están instalando antenas -en la ciudad y en todo el país- al menor costo posible y sin tomar en cuenta aspectos como el diseño, el urbanismo e, incluso, haciendo a un lado las normas técnicas para la correcta adecuación de estas infraestructuras.

Igualmente, agregó el ejecutivo, solo dos de los tres operadores del sector (Movistar y Tigo) le han apostado a compartir infraestructura con el fin de evitar la proliferación de antenas en las ciudades, pero sus esfuerzos son todavía insuficientes.

Lo que dice la norma

El Acuerdo 399 del 2008, promovido por el concejal Fernando López, establece que “para la localización de estaciones de telecomunicaciones inalámbricas en zona de uso residencial neto establecido por el Decreto Distrital 190 de 2004, esta se permitirá en un radio no menor de 250 metros de otras estaciones de telecomunicaciones y a no menos de 200 metros de centros educativos, centros geriátricos y centros de servicios médicos”. La Administración Distrital deberá reglamentar en los próximos cinco meses lo dispuesto por dicha norma. 

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