Estos son los cambios en la declaración de renta

Declaración de renta 2020

El próximo 11 de agosto inician los plazos para la presentación de las declaraciones de renta de personas naturales del año gravable 2019, los cuales finalizan el 21 de octubre. Es importante tener en cuenta que las medidas tomadas por el COVID-19 no afectaron la dinámica de la declaración de renta pero la ley de financiamiento sí generó algunos cambios que deben tenerse en cuenta.

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“La ley de Financiamiento, que fue la reforma tributaria del año 2018, fue declarada inexequible. No obstante, los efectos de dicha inconstitucionalidad se difirieron hasta el año 2020, con lo cual las declaraciones próximas a presentarse reflejarán por primera vez algunas modificaciones”, explica Ángela María González, Associate Partner para el área de Impuestos de EY Colombia.

4 cambios que deben tenerse en cuentan en su declaración de renta:

1. Grupos de ingresos: los trabajadores reportarán en una misma cédula (grupo de ingresos para efectos tributarios) sus ingresos laborales, de capital y no laborales. Más allá de un tema de forma, esto puede generar un impacto para algunos tipos y montos de ingreso que, hasta ahora, no se afectaban con el impuesto.

2. Nuevas tarifas del impuesto: por primera vez se reflejarán las tarifas de impuesto a tasas del 35%, 37% y 39% para personas con ingresos superiores; previamente la tarifa máxima era del 33%. Entre más alto sea el ingreso, más alta será la tarifa. En promedio, quienes hayan ganado 40 millones de pesos mensuales en 2019 se verán afectados por esta variación.

3. Rendimientos financieros: la totalidad de los rendimientos financieros recibidos por las personas podría estar sometida a impuesto de renta dependiendo de su estructura de ingresos. Sin embargo, para el 2020 se revive el beneficio que existió hasta 2018, afectando en particular los rendimientos a declarar por 2019.

4. Beneficio limitado: hasta el año 2018 existió la posibilidad de realizar aportes voluntarios ilimitados a los fondos de pensiones obligatorias, trayendo como beneficio la disminución del impuesto. Sin embargo, a partir de 2019 se impuso un límite del 25% del ingreso de la persona y tan solo ese porcentaje tendrá beneficio tributario.

Imagen: Pixabay (vía Pexels).

Diana Arias

Diana Arias

Soy comunicadora social de la Pontificia Universidad Javeriana, con énfasis en Producción multimedia y Periodismo, y Lingüista de la Universidad Nacional. Actualmente, estoy haciendo la especialización en economía de la Javeriana.

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