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	<title>impuesto al patrimonio: Noticias, Fotos, Evaluaciones, Precios y Rumores de impuesto al patrimonio • ENTER.CO</title>
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	<title>impuesto al patrimonio: Noticias, Fotos, Evaluaciones, Precios y Rumores de impuesto al patrimonio • ENTER.CO</title>
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		<title>Emergencia económica: los cinco impuestos que componen el paquete fiscal</title>
		<link>https://www.enter.co/colombia/emergencia-economica-los-cinco-impuestos-que-componen-el-paquete-fiscal/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción ENTER.CO]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 31 Dec 2025 13:40:57 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[colombia]]></category>
		<category><![CDATA[Economía]]></category>
		<category><![CDATA[emergencia económica]]></category>
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					<description><![CDATA[El Gobierno nacional publicó el Decreto 1474 del 29 de diciembre de 2025, con el que activa un paquete de medidas tributarias en el marco de la emergencia económica en Colombia. El ajuste busca cubrir un faltante presupuestal proyectado para 2026 y se apoya en impuestos directos e indirectos, además de disposiciones para acelerar recaudo [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El Gobierno nacional publicó el <a href="https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%201474%20DEL%2029%20DE%20DICIEMBRE%20DE%202025.pdf" target="_blank" rel="noopener">Decreto 1474 del 29 de diciembre de 2025</a>, con el que activa un paquete de medidas tributarias en el marco de la emergencia económica en Colombia. El ajuste busca cubrir un faltante presupuestal proyectado para 2026 y se apoya en impuestos directos e indirectos, además de disposiciones para acelerar recaudo y facilitar pagos.</p>
<p><span id="more-579211"></span></p>
<p>El ministro de Hacienda, Germán Ávila Plazas, aclaró que el decreto no incluye el impuesto del 5&#215;1.000 y que esa propuesta nunca fue una medida oficial. Señaló que la versión surgió de un borrador preliminar y fue descartada antes de la expedición del decreto. El enfoque del recaudo se concentra en patrimonios altos, el sector financiero y consumos específicos.</p>
<p>La declaratoria de emergencia económica ya se encuentra vigente, lo que habilita al Ejecutivo a expedir medidas tributarias temporales mediante decretos con fuerza de ley. Estas decisiones estarán sujetas a control posterior por parte del Congreso y podrán ser revisadas por la Corte Constitucional, conforme a sus competencias.</p>
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<h2>¿Cómo se activa el paquete tributario de la emergencia económica?</h2>
<p>Uno de los principales componentes del decreto es el impuesto al patrimonio. Para el año gravable 2026, el umbral baja a 2.000 millones de pesos y se aplican tarifas progresivas que pueden llegar hasta el 5%. En la práctica, una persona con un patrimonio de 5.000 millones pagaría alrededor de 50 millones al año.</p>
<p>En patrimonios más altos, el impacto es mayor. Quienes tengan activos por 20.000 millones asumirían una carga anual cercana a los 600 millones. El Gobierno sostiene que este diseño busca que el mayor esfuerzo recaiga sobre los contribuyentes con mayor capacidad económica, sin ampliar la presión sobre ingresos medios y bajos.</p>
<p>Otro componente relevante es la sobretasa al sector financiero. La tarifa total del impuesto de renta para bancos y entidades financieras puede alcanzar el 50%. Como referencia, una entidad con una renta gravable de un billón de pesos podría terminar pagando hasta 500.000 millones al Estado.</p>
<p>Según el Ministerio de Hacienda, esta medida busca equilibrar la carga tributaria entre sectores y fortalecer el recaudo en un momento de alta presión fiscal, sin trasladar el impacto de forma directa a los hogares.</p>
<h2>¿Qué impuestos cambian y cómo impactan el consumo?</h2>
<p>El decreto introduce ajustes en el IVA y en los impuestos al consumo, enfocados en bienes y servicios específicos. Los juegos de suerte y azar operados por internet, tanto desde Colombia como desde el exterior, pasan a estar gravados con una tarifa del 19%, eliminando el tratamiento preferencial que tenían frente a los establecimientos físicos.</p>
<p>También se modifica el régimen de compras por internet desde el exterior. A partir de 2026, solo estarán exentos de IVA los envíos cuyo valor no supere los 50 dólares, frente al umbral anterior de 200 dólares. Esto implica que una mayor proporción de compras digitales internacionales quedará sujeta al impuesto.</p>
<p>En el caso de los licores, el IVA sube del 5% al 19%, con excepción de la cerveza, que mantiene su tratamiento actual. Así, un licor con precio de 100.000 pesos pagará 19.000 pesos de impuesto, frente a los 5.000 que se cobraban antes. El Ejecutivo argumenta que el impacto se concentra en consumos no esenciales.</p>
<p>Dentro del paquete también se incluye un impuesto de normalización tributaria, con una tarifa del 19%, para declarar activos omitidos o pasivos inexistentes. En términos prácticos, quien tenga 1.000 millones de pesos sin declarar deberá pagar 190 millones para legalizar esos recursos, sin sanciones adicionales por años anteriores.</p>
<p>El quinto componente corresponde a un impuesto temporal sobre la extracción de hidrocarburos y carbón, con una tarifa del 1%, aplicable en la primera venta o exportación. El Gobierno sostiene que estos sectores tienen mayor capacidad contributiva y que la medida es proporcional frente a la emergencia fiscal.</p>
<p>Además de los nuevos gravámenes, el decreto incorpora mecanismos para acelerar el recaudo, como reducciones transitorias de sanciones e intereses moratorios y facilidades de pago para obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias en mora.</p>
<p>En conjunto, el paquete busca recaudar cerca de 16 billones de pesos y asegurar recursos adicionales para 2026. El Ejecutivo afirma que el diseño del decreto mantiene criterios de progresividad y focalización, y que no implica un aumento generalizado de impuestos para la mayoría de los colombianos.</p>
<p><em>Imagen:</em> Generada con IA / ChatGPT</p>
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		<title>Cambio en la reforma tributaria hace respirar a las startups</title>
		<link>https://www.enter.co/colombia/cambio-en-la-reforma-tributaria-hace-respirar-a-las-startups/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[David Jojoa]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 08 Oct 2022 00:48:33 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[colombia]]></category>
		<category><![CDATA[impuesto al patrimonio]]></category>
		<category><![CDATA[inversionistas]]></category>
		<category><![CDATA[reforma tributaria]]></category>
		<category><![CDATA[startups]]></category>
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					<description><![CDATA[La reforma tributaria ya está en debates de aprobación en el Congreso de la República. Durante su primer debate se dio un cambio en el cálculo de impuesto al patrimonio que le permite a los fundadores de startups respirar más tranquilos. Esta sutil forma de hacer el cálculo, lo que significa un alivio para las [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La reforma tributaria ya está en debates de aprobación en el Congreso de la República. Durante su primer debate se dio un cambio en el cálculo de impuesto al patrimonio que le permite a los fundadores de <a href="https://www.enter.co/startups/diferencia-startup-emprendimiento/" target="_blank" rel="noopener">startups</a> respirar más tranquilos.<span id="more-529609"></span></p>
<p>Esta sutil forma de hacer el cálculo, lo que significa un alivio para las preocupaciones de los inversionistas en general. El cambio en cuestión afecta directamente el artículo 22 del texto propuesto, justo en el que se proponía hacer el cálculo del impuesto al patrimonio. En este punto se tenía como referencia el valor intrínseco de las acciones de las empresas. La preocupación de los fundadores de las startups estaba en que el valor de muchas de estas compañías de tecnología se calcula con proyecciones a futuro.</p>
<p>La modificación propuesta a este artículo dice que la base gravable para calcular el impuesto al patrimonio para empresas privadas que no coticen en la bolsa se realizará “el costo de adquisición de las acciones, cuotas o partes de interés poseídas por el contribuyente”. Ante este respecto, el director de la Dian, <a href="https://twitter.com/luiscrh/status/1578175916668514304?s=20&amp;t=CVyESVMZ5sTEzUXhPCXCeg" target="_blank" rel="noopener">Luis Carlos Reyes, anunció en su cuenta Twitter</a> que “la base gravable del impuesto al patrimonio será el costo fiscal, no el valor intrínseco”. Dijo que como entidad buscarán que el valor intrínseco se reporte con fines informativos para fortalecer el sector de las startups.</p>
<h3>Te puede interesar: <a href="https://www.enter.co/empresas/reforma-tributaria-torrenegra-freddy-vega/" target="_blank" rel="noopener">“Un impuesto que hace difícil emprender, exacerba la pobreza”</a></h3>
<p>Freddy Vega, cofundador de Platzi, <a href="https://twitter.com/freddier/status/1578177490719318016?s=20&amp;t=CVyESVMZ5sTEzUXhPCXCeg" target="_blank" rel="noopener">respondió en Twitter al trino</a> del director de la Dian. Reconoció que sin saber cuál sería el texto final de la reforma, la nueva forma de calcular el impuesto significa una buena noticia. “Muestra que @JoseA_Ocampo @luiscrh y el equipo de gobierno escucharon en un proceso democrático”, dijo.</p>
<h2><strong>Un ejemplo ilustrativo</strong></h2>
<p>Para explicar mejor el panorama de lo que cambió en la reforma, vamos a demostrarte lo que se modifica con el cambio en el artículo 22 de la reforma entre valor intrínseco y valor nominal. Precisamente, Fredy Vega en el <a href="https://www.bluradio.com/economia/gran-foro-sobre-la-reforma-tributaria-y-su-impacto-sobre-los-emprendimientos-de-base-tecnologica-pr30" target="_blank" rel="noopener">foro sobre la reforma tributaria de Blu Radio</a> expuso un ejemplo ilustrativo:</p>
<p>10 millones de acciones valuadas en US$ 0,001 por acción, esto es lo que pagan los dos fundadores que mantienen el 80% de una empresa. Más un inversionista que compra el 20% restante.</p>
<p>Entonces, el <strong>valor patrimonial</strong> de adquisición para cada fundador (que posee 4 millones de acciones) es de US$ 4000 (que son COP$ 18.000.000 aproximadamente).</p>
<p>Por su parte, el <strong>valor intrínseco</strong> por acción sería US$ 0,2. Esto quiere decir que la base gravable para el impuesto al patrimonio hubiese sido de US$ 803.000 (COP$ 3617 millones de pesos), con este valor tendría que pagar de impuesto más de COP$ 36 millones.</p>
<p><em>Imagen: Senado.gov.co</em></p>
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