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	<title>justicia en colombia: Noticias, Fotos, Evaluaciones, Precios y Rumores de justicia en colombia • ENTER.CO</title>
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		<title>Virtualidad de los trámites judiciales: permanente, pero no obligatoria</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Jeffrey Ramos González]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 20 Jun 2022 19:30:21 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Transformación Digital]]></category>
		<category><![CDATA[Herramientas digitales]]></category>
		<category><![CDATA[Iván Duque]]></category>
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					<description><![CDATA[La semana anterior, mientras la mayoría estábamos concentrados en las elecciones del fin de semana, el presidente Iván Duque sancionó la ley 2213 de 2022. Es una norma que es importante, porque es producto de los eventos de la pandemia y ofrece la posibilidad de los trámites judiciales, aunque (y esto es importante) no obliga [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La semana anterior, mientras la mayoría estábamos concentrados en <a href="https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/cuales-son-las-propuestas-de-gustavo-petro-en-emprendimiento-y-tecnologia/" target="_blank" rel="noopener">las elecciones del fin de semana</a>, el presidente Iván Duque sancionó<a href="https://twitter.com/IvanDuque/status/1536507814771929089?ref_src=twsrc%5Etfw%7Ctwcamp%5Etweetembed%7Ctwterm%5E1536507814771929089%7Ctwgr%5E%7Ctwcon%5Es1_&amp;ref_url=https%3A%2F%2Fwww.eltiempo.com%2Fpolitica%2Fgobierno%2Fivan-duque-sanciona-ley-para-garantizar-la-virtualidad-en-la-justicia-679981" target="_blank" rel="noopener"> la ley 2213 de 2022.</a> Es una norma que es importante, porque es producto de los eventos de la pandemia y ofrece la posibilidad de los trámites judiciales, aunque (y esto es importante) no obliga a que usted pueda realizarlos así.</p>
<p><span id="more-525062"></span></p>
<blockquote class="twitter-tweet">
<p dir="ltr" lang="es">Acabamos de sancionar la Ley 2213 de 2022 que adopta como permanente el decreto 806 de 2020, así garantizamos la virtualidad en la administración de justicia como regla general, flexibilizando la atención a los usuarios del servicio de justicia en todo el país. <a href="https://twitter.com/hashtag/EsConHechos?src=hash&amp;ref_src=twsrc%5Etfw">#EsConHechos</a></p>
<p>— Iván Duque &#x1f1e8;&#x1f1f4; (@IvanDuque) <a href="https://twitter.com/IvanDuque/status/1536507814771929089?ref_src=twsrc%5Etfw">June 14, 2022</a></p></blockquote>
<p><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script></p>
<h2><strong>¿Por qué se emite la Ley 2213 de 2022?</strong></h2>
<p>El contexto es sencillo. Durante la pandemia y la orden de cuarentena se autorizó a la realización de trámites judiciales a través de las TIC. Por ejemplo, algo común fue el realizar audiencias a través de video llamadas para evitar la aglomeración en los tribunales.</p>
<p>Sin embargo, y en una muestra de lo poco que aprendimos, en mayo la Cámara de Representantes votó a favor de que se regresara a la presencialidad. Una decisión que fue altamente cuestionada, especialmente porque ese mismo mes se presentó la ley 2213 de 2022 para garantizar la permanencia de la virtualidad.</p>
<h2><strong>Permanente, pero no obligatoria</strong></h2>
<p>La distinción importante acá es que la Ley garantiza la legitimidad del uso de TIC para estos procesos, pero no el que así de deban realizar.</p>
<p>Nos explicamos: la decisión hace que el uso de las TIC sea potestativo del juez o magistrado a cargo del caso. Es decir, que es la jurisdicción penal la que determinará en qué casos se puede y debe hacer uso de las herramientas digitales. Alguna de las partes puede solicitar que el trámite sea virtual y será el juez quien determine si en efecto el testigo, experto o perito no puede comparecer de manera presencial.</p>
<p>Vale también mencionar que frente a esta determinación no aplica recurso.</p>
<h2><strong>¿Por qué es importante la virtualidad?</strong></h2>
<p>La razón sencilla es porque agiliza los procesos y facilita que las partes necesarias estén disponibles. Contrario a lo que se pensaría, durante la pandemia se redujo el aplazamiento de audiencias. De acuerdo con <a href="https://www.ramajudicial.gov.co/web/servicio-de-audiencias-virtuales-videoconferencias-y-streaming" target="_blank" rel="noopener">datos presentados por el Gobierno,</a> de 2020 a 2021 el porcentaje de aplazamiento se redujo de un 11% a un 3,4%.</p>
<p>Imágenes: <a href="http://Foto de EKATERINA BOLOVTSOVA: https://www.pexels.com/es-es/foto/persona-mesa-efecto-desenfocado-adentro-6077447/">Pexels</a></p>
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		<title>Comentarista de noticias podría ir a la cárcel por injuria</title>
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		<dc:creator><![CDATA[José Luis Peñarredonda]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 22 Jul 2014 19:55:54 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Transformación Digital]]></category>
		<category><![CDATA[comentarios]]></category>
		<category><![CDATA[comentaristas]]></category>
		<category><![CDATA[foros de internet]]></category>
		<category><![CDATA[injuria y calumnia]]></category>
		<category><![CDATA[justicia en colombia]]></category>
		<category><![CDATA[libertad de expresión]]></category>
		<category><![CDATA[libertad de expresión en Internet]]></category>
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					<description><![CDATA[Por primera vez, alguien en Colombia es condenado a la cárcel por un comentario en un sitio de noticias. Como informó El Espectador el pasado domingo, la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena a 18 meses y 20 días de prisión que el Tribunal Superior de Cali profirió, por el delito de injuria agravada, [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Por primera vez, alguien en Colombia es condenado a la cárcel por un comentario en un sitio de noticias. Como <a href="http://www.elespectador.com/noticias/judicial/contra-libertad-de-expresion-articulo-505601" target="_blank">informó El Espectador el pasado domingo</a>, la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena a 18 meses y 20 días de prisión que el Tribunal Superior de Cali profirió, por el delito de injuria agravada, contra Gonzalo Hernán López Durán. López publicó como comentarista un pequeño &#8216;post&#8217; contra Gloria Lucía Escalante Manzano, entonces gerente de una caja de compensación en esa ciudad, en el sitio web del periódico caleño El País.</p>
<p><span id="more-169776"></span></p>
<p>En el comentario, López –firmando como un anónimo– acusó a Escalante de que fue despedida de la caja de compensación y del Club Colombia, que manejaba, por &#8220;<em>malos manejos</em>&#8220;, y se refirió a ella en términos desobligantes. Según la Fiscalía General de la Nación, los comentarios de López configuran el delito de injuria agravada porque &#8220;<em>la conducta se cometió utilizando un &#8216;medio de comunicación social u otro de divulgación colectiva&#8217;</em>&#8220;.</p>
<p>Es poco probable que López vaya a la cárcel, pues el delito por el que fue condenado es excarcelable. Sin embargo, el haber sido declarado culpable puede traerle consecuencias negativas en otros órdenes de su vida.</p>
<p>En <a href="https://www.enter.co/wp-content/uploads/2014/07/Caso-El-País-comentario-en-blog.pdf">la sentencia [PDF]</a>, la Corte decidió no admitir la apelación del abogado de López, pues en ella no &#8220;<em>se hace algún esfuerzo por satisfacer los presupuestos de lógica y debida argumentación</em>&#8220;. Sin embargo, según algunos críticos, la Corte debió haberse pronunciado de fondo, porque este caso tiene consecuencias que tienen que ver con libertad de expresión en internet.</p>
<h2>Es un problema de libertad de expresión</h2>
<figure id="attachment_169945" aria-describedby="caption-attachment-169945" style="width: 300px" class="wp-caption alignright"><a href="https://www.enter.co/wp-content/uploads/2014/07/comentarista-dest.jpg"><img fetchpriority="high" decoding="async" class="size-medium wp-image-169945" alt="Comentarista" src="https://www.enter.co/wp-content/uploads/2014/07/comentarista-dest-300x225.jpg" width="300" height="225" srcset="https://www.enter.co/wp-content/uploads/2014/07/comentarista-dest-300x225.jpg 300w, https://www.enter.co/wp-content/uploads/2014/07/comentarista-dest-768x576.jpg 768w, https://www.enter.co/wp-content/uploads/2014/07/comentarista-dest.jpg 1024w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" /></a><figcaption id="caption-attachment-169945" class="wp-caption-text">¿A la cárcel por opinar?</figcaption></figure>
<p>Para el director de la Fundación para la Libertad de Prensa, Pedro Vaca, &#8220;<em>este es un caso desproporcionado. Y la Corte Suprema, en vez de corregir eso y adaptarlo a estándares de libertad de expresión, lo que hace es dejarlo pasar y no abordar el debate de fondo</em>&#8220;. Además, a su juicio, no se ha probado que el comentario de López realmente le haya causado un daño a Escalante. &#8220;<em>Nadie percibe los comentarios a las notas en internet como ciertos y no tienen esa capacidad de dañar, por ello tampoco se cumple el otro requisito: que la persona condenada tenga conciencia del daño. Todo el mundo percibe como algo irrelevante los comentarios que se hacen en estos foros</em>&#8220;, le dijo a El Espectador.</p>
<blockquote>
<p style="text-align: center;">&#8220;<em>L</em><em>os jueces <span style="color: #ff6600;">no están entendiendo el contexto de estas cosas&#8221;</span></em></p>
</blockquote>
<p>Otros expertos consultados por ENTER.CO también expresaron reparos frente a la decisión. El abogado y periodista Carlos Cortés Castillo aseguró que &#8220;<em>los jueces no están entendiendo el contexto de estas cosas</em>&#8220;, y aunque la Corte tuvo la oportunidad de hacerlo, no lo hizo. Sin embargo, Cortés cree poco probable que el caso de este comentarista se convierta en un precedente para juzgar a otros ciudadanos que expresen su opinión en al red. &#8220;<em>No creo que esto abra un boquete para que se comience a meter a la cárcel a los tuiteros</em>&#8220;, aseguró.</p>
<p>La abogada Carolina Botero, a su turno, lamentó que &#8220;<em>estos debates están llegando tarde al país. En otros países de Latinoamérica, estos fueron los principales argumentos cuando se legisló sobre la libertad de expresión en internet, mientras que en Colombia la discusión tomó otro camino</em>&#8220;, aseguró. A su juicio, el caso &#8220;<em>podría tener efectos muy negativos</em>&#8220;.</p>
<p>&nbsp;</p>
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