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	Comentarios en: Prisión para piratas en Internet se abre paso en Colombia	</title>
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	<description>Tecnología y Cultura Digital</description>
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		<title>
		Por: Alexander Osma		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-238711</link>

		<dc:creator><![CDATA[Alexander Osma]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 10 Dec 2012 17:18:00 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[el internet es libre de hacer lo que se quiera]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>el internet es libre de hacer lo que se quiera</p>
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			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Alexander Osma		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-63268</link>

		<dc:creator><![CDATA[Alexander Osma]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 10 Dec 2012 17:18:00 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[el internet es libre de hacer lo que se quiera]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>el internet es libre de hacer lo que se quiera</p>
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			</item>
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		<title>
		Por: maye gamba		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-206857</link>

		<dc:creator><![CDATA[maye gamba]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 09 May 2012 17:51:00 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Deberian penalizar la pirateria...pero no sin antes privatizar y dejar avanzar la tegnologia en el pais!!]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Deberian penalizar la pirateria&#8230;pero no sin antes privatizar y dejar avanzar la tegnologia en el pais!!</p>
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			</item>
		<item>
		<title>
		Por: maye gamba		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-30100</link>

		<dc:creator><![CDATA[maye gamba]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 09 May 2012 17:51:00 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Deberian penalizar la pirateria...pero no sin antes privatizar y dejar avanzar la tegnologia en el pais!!]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Deberian penalizar la pirateria&#8230;pero no sin antes privatizar y dejar avanzar la tegnologia en el pais!!</p>
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			</item>
		<item>
		<title>
		Por: lucho		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8397</link>

		<dc:creator><![CDATA[lucho]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 14 Apr 2011 03:12:57 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[se debe crear un impuesto extra sobre las personas que venden dvds y musica pirata, los artitas recaudarian mucho dinero....  Ya se hizo con las fotocopiadoras, las cuales pagan un impuesto anual por fotocopiar cualquier tipo de libros.
que diferencia hay entre una persona que fotocopia un libro y cobra por esas fotocopias y una persona que copia una pelicula y la vende?
 por que las fotocopiadoras ya son legales y los dvds y cds piratas no?]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>se debe crear un impuesto extra sobre las personas que venden dvds y musica pirata, los artitas recaudarian mucho dinero&#8230;.  Ya se hizo con las fotocopiadoras, las cuales pagan un impuesto anual por fotocopiar cualquier tipo de libros.<br />
que diferencia hay entre una persona que fotocopia un libro y cobra por esas fotocopias y una persona que copia una pelicula y la vende?<br />
 por que las fotocopiadoras ya son legales y los dvds y cds piratas no?</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: lcplata		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8272</link>

		<dc:creator><![CDATA[lcplata]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 09 Apr 2011 06:03:09 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8088&quot;&gt;Juan Carlos Monroy&lt;/a&gt;.

Lo siento pero no estoy de acuerdo, cuando un usuario descarga un archivo a traves de un sistema P2P esta realizando dos diferentes actividades: 1) esta reprodcuciendo o copiando un trabajo sin autorizacion (conducta que es ilegal) y dos, al mantenerlo en su carpeta de archivos compartidos, lo esta poniendo a disposicion de terceros, lo que constituye violación al derecho exclusivo de distribución.

Aun bajo los principios generales del derecho de autor ambas conductas constituyen actos ilicitos, por lo menos en el ambito de la responsabilidad civil, que no se esta limitada por el principio de tipicidad como si lo esta la responsabilidad penal. y los ilicitos por ella sancionados.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8088">Juan Carlos Monroy</a>.</p>
<p>Lo siento pero no estoy de acuerdo, cuando un usuario descarga un archivo a traves de un sistema P2P esta realizando dos diferentes actividades: 1) esta reprodcuciendo o copiando un trabajo sin autorizacion (conducta que es ilegal) y dos, al mantenerlo en su carpeta de archivos compartidos, lo esta poniendo a disposicion de terceros, lo que constituye violación al derecho exclusivo de distribución.</p>
<p>Aun bajo los principios generales del derecho de autor ambas conductas constituyen actos ilicitos, por lo menos en el ambito de la responsabilidad civil, que no se esta limitada por el principio de tipicidad como si lo esta la responsabilidad penal. y los ilicitos por ella sancionados.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: tw_colombiaborrach		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8267</link>

		<dc:creator><![CDATA[tw_colombiaborrach]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 09 Apr 2011 04:17:48 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[jajajajajajajajaja no pueden con las bandas criminales, ni con la guerrilla, ni con el ladron de la esquina, ni con los nule ahora van a joder a la gente comparte informacion]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>jajajajajajajajaja no pueden con las bandas criminales, ni con la guerrilla, ni con el ladron de la esquina, ni con los nule ahora van a joder a la gente comparte informacion</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: hectork		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8250</link>

		<dc:creator><![CDATA[hectork]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 08 Apr 2011 21:37:52 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En vez de estar promulgando más y más leyes, por qué no aplican las existentes???
Cualquier bogotano sabe que al lado de UniLago, a cualquier hora, hay entre 10 y 20 personas con catálogos de software pirata promocionando a viva voz su mercancía. Curiosamente la policia jamás pasa por ahí, y ellos siguen campantes, pescando clientela para su red.

Cualquier bogotano también sabe que en Bogotá hay muchos centros comerciales con locales dedicados a la venta de películas piratas (si señor, locales registrados en cámara de comercio y todo!, ya ni siquiera lo tiene que hacer en la calle!). De nuevo, las autoridades, brillan por su ausencia.

Será acaso que la policía es cómplice?, será que los policias se dejan comprar por una &#039;muestra gratis&#039; de esta mercancía?]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En vez de estar promulgando más y más leyes, por qué no aplican las existentes???<br />
Cualquier bogotano sabe que al lado de UniLago, a cualquier hora, hay entre 10 y 20 personas con catálogos de software pirata promocionando a viva voz su mercancía. Curiosamente la policia jamás pasa por ahí, y ellos siguen campantes, pescando clientela para su red.</p>
<p>Cualquier bogotano también sabe que en Bogotá hay muchos centros comerciales con locales dedicados a la venta de películas piratas (si señor, locales registrados en cámara de comercio y todo!, ya ni siquiera lo tiene que hacer en la calle!). De nuevo, las autoridades, brillan por su ausencia.</p>
<p>Será acaso que la policía es cómplice?, será que los policias se dejan comprar por una &#8216;muestra gratis&#8217; de esta mercancía?</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: im_0x13h		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8227</link>

		<dc:creator><![CDATA[im_0x13h]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 08 Apr 2011 15:17:45 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Antes de comenzar a atacar la piratería, deberían comenzar con mano fuerte contra la corrupción... se pierde más plata por ese lado que por el lado de la piratería!]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Antes de comenzar a atacar la piratería, deberían comenzar con mano fuerte contra la corrupción&#8230; se pierde más plata por ese lado que por el lado de la piratería!</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: meforero		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8225</link>

		<dc:creator><![CDATA[meforero]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 08 Apr 2011 14:48:21 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Esa ley es basada en TLC por que los gringos quieren mas dinero, ya que es mentira que la pirateria genera perdidas y perjuicios. ejemplos de echos:

Windows es el SO mas popular del mundo, es el mas pirateado , 80% de las instalaciones son piratas, y aun asi el señor Bill Gates es el tercer hombre mas rico del planeta tierra, imaginese donde no existiera la pirateria cuando dinero tendria ?.

La pelicula avatar genero mas de 2.000 millones de dolares en venta, de los cuales al señor James Cameron le ingresaron liquidos 720 millones de dolares (entendio la cifra), todo ello siendo actualmente la pelicula mas pirateada del mundo. 

Un gerente de una empresa (bastante adinerado por cierto) me mostro una vez que compro en un pueblo 20 peliculas a precios regalado, estaba feliz, yo le dije &quot;ud con tanto dinero no le da pena ser pirata&quot; a lo que me contesto, tiene la razon pero realmente es MUY COSTOSO comprar un DVD en este pais, ejemplo el DVD de Jean Michelle Jarre vale 170.000 (antes costaba 280.000) ni siquiera el lo puede comprar.

Yo asesoro muchisimas empresas y NUNCA he visto en ninguna software colombiano pirata, todas las empresas compran su contabilidad, nomina, inventarios.
 
Conclusion Nuevamente sacan una ley que NO beneficia al colombiano, beneficia al extrangero, a USA no lo perjuridica por la pirateria las cifras lo demuestran, sencillamente quieren que les entren mas billones de dolares en sus cuentas...

EL SER HUMANO SIEMPRE QUIERE LO QUE NO TIENE.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Esa ley es basada en TLC por que los gringos quieren mas dinero, ya que es mentira que la pirateria genera perdidas y perjuicios. ejemplos de echos:</p>
<p>Windows es el SO mas popular del mundo, es el mas pirateado , 80% de las instalaciones son piratas, y aun asi el señor Bill Gates es el tercer hombre mas rico del planeta tierra, imaginese donde no existiera la pirateria cuando dinero tendria ?.</p>
<p>La pelicula avatar genero mas de 2.000 millones de dolares en venta, de los cuales al señor James Cameron le ingresaron liquidos 720 millones de dolares (entendio la cifra), todo ello siendo actualmente la pelicula mas pirateada del mundo. </p>
<p>Un gerente de una empresa (bastante adinerado por cierto) me mostro una vez que compro en un pueblo 20 peliculas a precios regalado, estaba feliz, yo le dije &#8220;ud con tanto dinero no le da pena ser pirata&#8221; a lo que me contesto, tiene la razon pero realmente es MUY COSTOSO comprar un DVD en este pais, ejemplo el DVD de Jean Michelle Jarre vale 170.000 (antes costaba 280.000) ni siquiera el lo puede comprar.</p>
<p>Yo asesoro muchisimas empresas y NUNCA he visto en ninguna software colombiano pirata, todas las empresas compran su contabilidad, nomina, inventarios.</p>
<p>Conclusion Nuevamente sacan una ley que NO beneficia al colombiano, beneficia al extrangero, a USA no lo perjuridica por la pirateria las cifras lo demuestran, sencillamente quieren que les entren mas billones de dolares en sus cuentas&#8230;</p>
<p>EL SER HUMANO SIEMPRE QUIERE LO QUE NO TIENE.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Mauricio Jaramillo Marín		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8214</link>

		<dc:creator><![CDATA[Mauricio Jaramillo Marín]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 08 Apr 2011 13:34:29 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=16656#comment-8214</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8038&quot;&gt;diegonimus&lt;/a&gt;.

Diegonimus, lo invito a leer la respuesta 5. Saludos.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8038">diegonimus</a>.</p>
<p>Diegonimus, lo invito a leer la respuesta 5. Saludos.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: gunnersslash		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8212</link>

		<dc:creator><![CDATA[gunnersslash]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 08 Apr 2011 13:24:59 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[solo 3 ejemplos les muestro, con esto ustedes generaran sus preguntas o  cuestionamientos si la suipuesta ley que estamos construyendo realmente va a proteger los derechos de autor o va a censurar los contenidos de internet, la verdad eso de que solo borran el contenido y no bloquean la pagina no se lo cree nadiey si la memoria les falla aca les recuerdo:


http://www.enter.co/internet/bloqueo-de-rapidshare-pone-en-el-tapete-debate-sobre-pornografia-infantil-en-la-web/


tambien les dejo otra informacion util de lo que el gobierno quiere con esta ley que no es otra cosa que controlar la informacion de la opcicion al nuevoestilo de chuzadas del DAS

http://www.enter.co/internet/francia-exige-a-facebook-y-google-entregar-la-informacion-privada-de-sus-usuarios/

y por ultimo para que vean que no es mentira

http://www.123-amateur.com/


el gobierno dice que no lo hara, pero dentro de la ley no da las garantias para que eso ocurra y le da todo el poder a los ISP pero no la posibilidad de controlar eso y justificarlo]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>solo 3 ejemplos les muestro, con esto ustedes generaran sus preguntas o  cuestionamientos si la suipuesta ley que estamos construyendo realmente va a proteger los derechos de autor o va a censurar los contenidos de internet, la verdad eso de que solo borran el contenido y no bloquean la pagina no se lo cree nadiey si la memoria les falla aca les recuerdo:</p>
<p><a href="http://www.enter.co/internet/bloqueo-de-rapidshare-pone-en-el-tapete-debate-sobre-pornografia-infantil-en-la-web/" rel="ugc">http://www.enter.co/internet/bloqueo-de-rapidshare-pone-en-el-tapete-debate-sobre-pornografia-infantil-en-la-web/</a></p>
<p>tambien les dejo otra informacion util de lo que el gobierno quiere con esta ley que no es otra cosa que controlar la informacion de la opcicion al nuevoestilo de chuzadas del DAS</p>
<p><a href="http://www.enter.co/internet/francia-exige-a-facebook-y-google-entregar-la-informacion-privada-de-sus-usuarios/" rel="ugc">http://www.enter.co/internet/francia-exige-a-facebook-y-google-entregar-la-informacion-privada-de-sus-usuarios/</a></p>
<p>y por ultimo para que vean que no es mentira</p>
<p><a href="http://www.123-amateur.com/" rel="nofollow ugc">http://www.123-amateur.com/</a></p>
<p>el gobierno dice que no lo hara, pero dentro de la ley no da las garantias para que eso ocurra y le da todo el poder a los ISP pero no la posibilidad de controlar eso y justificarlo</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: meforero		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8164</link>

		<dc:creator><![CDATA[meforero]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 07 Apr 2011 22:44:59 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=16656#comment-8164</guid>

					<description><![CDATA[__ Eso era lo minimo de esperar del gobierno colombiano, para que aprueben el TLC, USA pide encarcelar a los piratas informaticos. es mentira que se perjudican los artistas... siendo que lo q menos piratemos es lo lo colombiano es mas el software echo en colombia NUNCA lo he visto pirata. sera facil atrapar los pirtasa por que no podemos pagar abogados buenos. como si lo pueden pagar los grandes billo-ladrones de este pais.

Para quedar bien en impuestos el estado persigue los tenderos, pero a marlboro le condono 5.000 milones de iva, a los nule nunca los ha vigilado desde el 1998 etc etc etc.

Para quedar bien en seguridad la justicia encarcela por demanda de alimentos, sobarse una lata de sardinas en carrefour o tocarle la cola a una mujer en la calle, pero por violar, poner bombas, secuestrar y matar masas, te reinsertar premiandote con salario indefinido y medalla gratis.

Que machera ser colombiano.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>__ Eso era lo minimo de esperar del gobierno colombiano, para que aprueben el TLC, USA pide encarcelar a los piratas informaticos. es mentira que se perjudican los artistas&#8230; siendo que lo q menos piratemos es lo lo colombiano es mas el software echo en colombia NUNCA lo he visto pirata. sera facil atrapar los pirtasa por que no podemos pagar abogados buenos. como si lo pueden pagar los grandes billo-ladrones de este pais.</p>
<p>Para quedar bien en impuestos el estado persigue los tenderos, pero a marlboro le condono 5.000 milones de iva, a los nule nunca los ha vigilado desde el 1998 etc etc etc.</p>
<p>Para quedar bien en seguridad la justicia encarcela por demanda de alimentos, sobarse una lata de sardinas en carrefour o tocarle la cola a una mujer en la calle, pero por violar, poner bombas, secuestrar y matar masas, te reinsertar premiandote con salario indefinido y medalla gratis.</p>
<p>Que machera ser colombiano.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: mushroomk		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8116</link>

		<dc:creator><![CDATA[mushroomk]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 07 Apr 2011 05:55:26 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Hoy en dia &quot;regular&quot; el flujo de la informacion en la web es atentar con la libertad del civernauta, sea de expresion o de acceso. Estamos en tiempos donde esta es gratuita y no discrimina. La respuesta si esta en la internet y la utilizacion de esta para reformar la estructura y el funcionamiento de la industria musical a nivel global, pero utilizarla para castrar al publico me parece ridiculo, grosero e irrespetuoso. Insisto, existen otros metodos un poco mas creativos, didactos y no excluyentes los cuales se podrian llevar a cabo desde el momento de creacion hasta el de distribucion del material, con lo cual no digo que apoyo la pirateria pero si que debemos empaparnos un poco mas de informacion sobre el Creative Commons y emepzar a batallar la pirateria por medio del ingenio y la creatividad, no por medio del miedo o el poder. Por ahora solo preveo que esta ley le seguira los pasos a la Sinde en España...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Hoy en dia &#8220;regular&#8221; el flujo de la informacion en la web es atentar con la libertad del civernauta, sea de expresion o de acceso. Estamos en tiempos donde esta es gratuita y no discrimina. La respuesta si esta en la internet y la utilizacion de esta para reformar la estructura y el funcionamiento de la industria musical a nivel global, pero utilizarla para castrar al publico me parece ridiculo, grosero e irrespetuoso. Insisto, existen otros metodos un poco mas creativos, didactos y no excluyentes los cuales se podrian llevar a cabo desde el momento de creacion hasta el de distribucion del material, con lo cual no digo que apoyo la pirateria pero si que debemos empaparnos un poco mas de informacion sobre el Creative Commons y emepzar a batallar la pirateria por medio del ingenio y la creatividad, no por medio del miedo o el poder. Por ahora solo preveo que esta ley le seguira los pasos a la Sinde en España&#8230;</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: interlab		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8115</link>

		<dc:creator><![CDATA[interlab]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 07 Apr 2011 04:03:36 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Si esta ley se aplica en colombia a raja tabla, creo que la cuarta parte de los colombianos tendremos que ir a la carcel inexorablemente, muchas personas suben y descargan contenidos de la internet... en vez de estar pendejiando con leyes con los cuales los políticos quieren hacerse populares a costa de del pueblo y en beneficio de los pulpos monopolistas, deberían llegar a cuerdos comerciales con empresas que producen software y música para reducir su precios y así la mayoría pueda tener acceso a la información, solo así la piratería se vería reducida en gran parte.
Lo que pienso con esta ley, es que la piratería en colombia se convertirá en una actividad supremamente rentable para los piratas y se constituiría en otro cartel más en colombia; pienso que este problema está lejos de ser solucionado con medidas coercitivas.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Si esta ley se aplica en colombia a raja tabla, creo que la cuarta parte de los colombianos tendremos que ir a la carcel inexorablemente, muchas personas suben y descargan contenidos de la internet&#8230; en vez de estar pendejiando con leyes con los cuales los políticos quieren hacerse populares a costa de del pueblo y en beneficio de los pulpos monopolistas, deberían llegar a cuerdos comerciales con empresas que producen software y música para reducir su precios y así la mayoría pueda tener acceso a la información, solo así la piratería se vería reducida en gran parte.<br />
Lo que pienso con esta ley, es que la piratería en colombia se convertirá en una actividad supremamente rentable para los piratas y se constituiría en otro cartel más en colombia; pienso que este problema está lejos de ser solucionado con medidas coercitivas.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: tw_Athan_Roa		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8114</link>

		<dc:creator><![CDATA[tw_Athan_Roa]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 07 Apr 2011 02:52:56 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=16656#comment-8114</guid>

					<description><![CDATA[opino que es una MUY BUENA OPCIÓN pero deberían facilitarnos la compra entonces de música de forma individual como un &quot;itunes colombiano&quot; ya que muchos no poseen targeta de credito como para comprar la música en internet y ps el comprar el CD para solo 1 canción no es algo que nos guste de a mucho]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>opino que es una MUY BUENA OPCIÓN pero deberían facilitarnos la compra entonces de música de forma individual como un &#8220;itunes colombiano&#8221; ya que muchos no poseen targeta de credito como para comprar la música en internet y ps el comprar el CD para solo 1 canción no es algo que nos guste de a mucho</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: ATEOANTIPOPO		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8110</link>

		<dc:creator><![CDATA[ATEOANTIPOPO]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 07 Apr 2011 01:16:37 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=16656#comment-8110</guid>

					<description><![CDATA[Acabo de mirar el enlace sobre los puntos cuestionados de la Ley Sinde española y, la verdad, difícilmente ese modelo de norma legal se replicaría en Colombia. La razón: La Corte Constitucional la tumbaría en un santiamén, pues en nuestro sistema jurídico constitucional no se puede imitar. Lo que sucede es que el debate sobre el material protegido vs los derechos de los consumidores está en su momento más álgido en buena parte del mundo y, por la información que va y viene al respecto, se está pescando en río revuelto porque no todas las medidas jurídicas en contra de la piratería pueden aplicar por igual en todos los países. Como lo dijeron más abajo, la norma es un proyecto de reforma del Código Penal para &#039;actualizar la versión&#039; :P de la norma penal que tipifica la piratería de bienes tangibles y respecto de quien se lucre comercializando material protegido.

Quizás la diferencia más importante de todas con la Ley Sinde es que aquí todas las medidas, tanto penales como civiles depende de la decisión de un juez competente en el asunto. En la ley Sinde hay mucha injerencia de autoridades administrativas (Del Gobierno o de la Rama ejecutiva) en los procedimientos para sancionar a los infractores, en parte para darle más rapidez a las decisiones que no suele haber con los jueces, donde hay que argumentarles para tomar una medida de su competencia; ese es el tema delicado allá, pues el gobierno tomaría muchas medidas por cuenta propia, arriesgando los derechos de los involucrados pues tienen menos opciones de defenderse jurídicamente. En Colombia no sucede porque depende de la decisión de un juez quien decide con base en argumentos antes de tomar una acción en contra del infractor.

He visto aquí en el foro una confusión algo generalizada, y es sobre el efecto penal por el bloqueo de páginas web que distribuyan material protegido sin autorización. Para quienes no lo saben, la responsabilidad penal en Colombia solamente recae sobre Personas Naturales y no sobre jurídicas (empresas con o sin ánimo de lucro). Y la reforma al código penal del proyecto de ley recae sobre las personas naturales que comercialicen material protegido. A los consumidores de dicho material no los afecta.

Sobre las medidas contra las empresas o &quot;prestadores del servicio de Internet&quot; del proyecto son más de carácter resarcitorio, es decir, indemnizar patrimonialmente (con $$$) al dueño del material protegido porque no ganó el dinero que terminó ganando el distribuidor ilegal de su material. Así, si p. ej. yo soy el James Cameron colombiano y me percato de que Megaupload se ha dedicado a distribuir con conocimiento copias de mi exitosa película Bobatar (Avatar no me gustó, por boba) subida por terceros, puedo demandar civilmente a Megaupload para que me pague la plata que hizo a costa mía, y puedo denunciar penalmente a los dueños de Megaupload para que respondan por ello (con cárcel si acaso) , de prosperar la reforma al Código Penal; algo así como le ocurrió a los duros de The Pirate Bay que actualmente están en prisión aunque esa página sigue operando.

Sobre la confusión generalizada en el foro, sin embargo, hay una duda atinada y es si p. ej. si le gano el proceso penal al duro de Megaupload por fusilar mi exitosa Bobatar, y lo condenan a prisión porque no arreglamos por las buenas ($$$ dinero a cambio de no ir a la cárcel), ¿qué pasará con la página de Megaupload, que en últimas es un bien de la empresa Megaupload (Si el nombre de la sociedad es ese)? ¿Bloqueada la página? ¿Disuelta y liquidada la empresa como castigo? 

- La clave está en este artículo del proyecto de Ley:
&quot;Artículo 16. Orden definitiva de retiro o inhabilitación del acceso al material infractor y/o la terminación de cuentas. Las medidas de que trata el artículo 13 tendrán carácter definitivo cuando así lo ordene el juez competente mediante sentencia. Estas medidas se dictarán con la debida consideración de:
1. La carga relativa para el prestador de servicios, para los usuarios y para los suscriptores;
2. La proporcionalidad con el daño inferido al titular del derecho;
3. La factibilidad técnica y eficacia de la medida; y,
4. La existencia de otras medidas menos gravosas para asegurar el cese de la infracción y el restablecimiento del derecho que se reclama.
Estas medidas se aplicarán de manera estricta y limitada al acceso de servicios de comunicación al público en línea. Cuando estos servicios sean comprados de acuerdos a ofertas comerciales compuestas, incluyendo otro tipo de servicios tales como servicios de telefonía o de televisión, estás medidas no se aplicarán a estos últimos&quot;

La norma es algo ambigua en el lenguaje así se refiera a un contenido infractor específico. No indica qué trámite se sigue para llegar a estas medidas definitivas ni los criterios enumerados son claros. Y sí, se le notó el afán a quienes redactaron el proyecto de ley, además de otros errores de redacción y ortografía del proyecto.

Si bien creo que no va a afectar a los consumidores de contenidos por Internet (Así una persona busque piratería, pues la página web afectada no sería bloqueada en su totalidad sino el contenido ilegal en esa página) ni será definitiva para siquiera derrotar a la piratería, por más garantista que esta norma pueda ser si se compara con la Ley Side (Realmente lo es), el problema es que es confusa sobre todas las funciones asignadas al juez, inclusive puede generar conflictos de competencia entre varios jueces que se involucren en un solo caso, para alegría del demandado XD. No se sabe en el proyecto si se bloquea o no un mismo contenido web ilegal subido reiteradas veces respecto del cual obtenga beneficios económicos y cómo se afronta ello (Aquí es donde genera polémica pues se pensaría en bloquear toda la página web para impedirlo definitivamente, ¿pero si supuestamente no se puede?). En realidad, bloquear un contenido web dependerá más de la pruebas aportadas para ello para buscar indemnización dineraria por haberse beneficiado económicamente a costa del propietario, y en materia penal, no es claro si la página podrá bloquearse como ocurre con la páginas de pornografía infantil puesto que, por más fácil que pudiera ser bloquear un contenido ilegal, ello requiere de tiempo, recursos y funcionarios calificados para recopilar las pruebas que justificaran una medida judicial así. 

El proyecto requiere más trabajo, no tanto para evitar afectar derechos de quienes no lo merecen sino para evitar que su lucha contra la piratería se convierta en un saludo a la bandera.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Acabo de mirar el enlace sobre los puntos cuestionados de la Ley Sinde española y, la verdad, difícilmente ese modelo de norma legal se replicaría en Colombia. La razón: La Corte Constitucional la tumbaría en un santiamén, pues en nuestro sistema jurídico constitucional no se puede imitar. Lo que sucede es que el debate sobre el material protegido vs los derechos de los consumidores está en su momento más álgido en buena parte del mundo y, por la información que va y viene al respecto, se está pescando en río revuelto porque no todas las medidas jurídicas en contra de la piratería pueden aplicar por igual en todos los países. Como lo dijeron más abajo, la norma es un proyecto de reforma del Código Penal para &#8216;actualizar la versión&#8217; 😛 de la norma penal que tipifica la piratería de bienes tangibles y respecto de quien se lucre comercializando material protegido.</p>
<p>Quizás la diferencia más importante de todas con la Ley Sinde es que aquí todas las medidas, tanto penales como civiles depende de la decisión de un juez competente en el asunto. En la ley Sinde hay mucha injerencia de autoridades administrativas (Del Gobierno o de la Rama ejecutiva) en los procedimientos para sancionar a los infractores, en parte para darle más rapidez a las decisiones que no suele haber con los jueces, donde hay que argumentarles para tomar una medida de su competencia; ese es el tema delicado allá, pues el gobierno tomaría muchas medidas por cuenta propia, arriesgando los derechos de los involucrados pues tienen menos opciones de defenderse jurídicamente. En Colombia no sucede porque depende de la decisión de un juez quien decide con base en argumentos antes de tomar una acción en contra del infractor.</p>
<p>He visto aquí en el foro una confusión algo generalizada, y es sobre el efecto penal por el bloqueo de páginas web que distribuyan material protegido sin autorización. Para quienes no lo saben, la responsabilidad penal en Colombia solamente recae sobre Personas Naturales y no sobre jurídicas (empresas con o sin ánimo de lucro). Y la reforma al código penal del proyecto de ley recae sobre las personas naturales que comercialicen material protegido. A los consumidores de dicho material no los afecta.</p>
<p>Sobre las medidas contra las empresas o &#8220;prestadores del servicio de Internet&#8221; del proyecto son más de carácter resarcitorio, es decir, indemnizar patrimonialmente (con $$$) al dueño del material protegido porque no ganó el dinero que terminó ganando el distribuidor ilegal de su material. Así, si p. ej. yo soy el James Cameron colombiano y me percato de que Megaupload se ha dedicado a distribuir con conocimiento copias de mi exitosa película Bobatar (Avatar no me gustó, por boba) subida por terceros, puedo demandar civilmente a Megaupload para que me pague la plata que hizo a costa mía, y puedo denunciar penalmente a los dueños de Megaupload para que respondan por ello (con cárcel si acaso) , de prosperar la reforma al Código Penal; algo así como le ocurrió a los duros de The Pirate Bay que actualmente están en prisión aunque esa página sigue operando.</p>
<p>Sobre la confusión generalizada en el foro, sin embargo, hay una duda atinada y es si p. ej. si le gano el proceso penal al duro de Megaupload por fusilar mi exitosa Bobatar, y lo condenan a prisión porque no arreglamos por las buenas ($$$ dinero a cambio de no ir a la cárcel), ¿qué pasará con la página de Megaupload, que en últimas es un bien de la empresa Megaupload (Si el nombre de la sociedad es ese)? ¿Bloqueada la página? ¿Disuelta y liquidada la empresa como castigo? </p>
<p>&#8211; La clave está en este artículo del proyecto de Ley:<br />
&#8220;Artículo 16. Orden definitiva de retiro o inhabilitación del acceso al material infractor y/o la terminación de cuentas. Las medidas de que trata el artículo 13 tendrán carácter definitivo cuando así lo ordene el juez competente mediante sentencia. Estas medidas se dictarán con la debida consideración de:<br />
1. La carga relativa para el prestador de servicios, para los usuarios y para los suscriptores;<br />
2. La proporcionalidad con el daño inferido al titular del derecho;<br />
3. La factibilidad técnica y eficacia de la medida; y,<br />
4. La existencia de otras medidas menos gravosas para asegurar el cese de la infracción y el restablecimiento del derecho que se reclama.<br />
Estas medidas se aplicarán de manera estricta y limitada al acceso de servicios de comunicación al público en línea. Cuando estos servicios sean comprados de acuerdos a ofertas comerciales compuestas, incluyendo otro tipo de servicios tales como servicios de telefonía o de televisión, estás medidas no se aplicarán a estos últimos&#8221;</p>
<p>La norma es algo ambigua en el lenguaje así se refiera a un contenido infractor específico. No indica qué trámite se sigue para llegar a estas medidas definitivas ni los criterios enumerados son claros. Y sí, se le notó el afán a quienes redactaron el proyecto de ley, además de otros errores de redacción y ortografía del proyecto.</p>
<p>Si bien creo que no va a afectar a los consumidores de contenidos por Internet (Así una persona busque piratería, pues la página web afectada no sería bloqueada en su totalidad sino el contenido ilegal en esa página) ni será definitiva para siquiera derrotar a la piratería, por más garantista que esta norma pueda ser si se compara con la Ley Side (Realmente lo es), el problema es que es confusa sobre todas las funciones asignadas al juez, inclusive puede generar conflictos de competencia entre varios jueces que se involucren en un solo caso, para alegría del demandado XD. No se sabe en el proyecto si se bloquea o no un mismo contenido web ilegal subido reiteradas veces respecto del cual obtenga beneficios económicos y cómo se afronta ello (Aquí es donde genera polémica pues se pensaría en bloquear toda la página web para impedirlo definitivamente, ¿pero si supuestamente no se puede?). En realidad, bloquear un contenido web dependerá más de la pruebas aportadas para ello para buscar indemnización dineraria por haberse beneficiado económicamente a costa del propietario, y en materia penal, no es claro si la página podrá bloquearse como ocurre con la páginas de pornografía infantil puesto que, por más fácil que pudiera ser bloquear un contenido ilegal, ello requiere de tiempo, recursos y funcionarios calificados para recopilar las pruebas que justificaran una medida judicial así. </p>
<p>El proyecto requiere más trabajo, no tanto para evitar afectar derechos de quienes no lo merecen sino para evitar que su lucha contra la piratería se convierta en un saludo a la bandera.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: ubuntulibre		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8107</link>

		<dc:creator><![CDATA[ubuntulibre]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 07 Apr 2011 00:29:25 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=16656#comment-8107</guid>

					<description><![CDATA[Hace muchos años deje de usar software pirata. Sin embargo,  cada vez que se trata de legislar  en favor de  grupos con intereses económicos escudándose en defender los &quot;derechos de autor&quot; (los menos beneficiados son los autores) anteponiendo los intereses de los ciudadanos recuerdo la frase:


                    &quot;La piratería es ilegal pero no inmoral&quot;. 


Las leyes deben promulgarse buscando un equilibrio entre todos los que estamos involucrados o somos afectados de algún modo, no  niego el derecho a que los autores obtengan beneficio si así lo quieren por sus obras, lo importante es que se sea justo al buscar un equilibrio entre las partes (¿A quienes le interesa dejar de lado este aspecto?). 


Más que bajar música, vídeos, películas, descargar software, etc. me preocupa el impacto que tendrá esta ley sobre el mundo académico y el desarrollo del país.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Hace muchos años deje de usar software pirata. Sin embargo,  cada vez que se trata de legislar  en favor de  grupos con intereses económicos escudándose en defender los &#8220;derechos de autor&#8221; (los menos beneficiados son los autores) anteponiendo los intereses de los ciudadanos recuerdo la frase:</p>
<p>                    &#8220;La piratería es ilegal pero no inmoral&#8221;. </p>
<p>Las leyes deben promulgarse buscando un equilibrio entre todos los que estamos involucrados o somos afectados de algún modo, no  niego el derecho a que los autores obtengan beneficio si así lo quieren por sus obras, lo importante es que se sea justo al buscar un equilibrio entre las partes (¿A quienes le interesa dejar de lado este aspecto?). </p>
<p>Más que bajar música, vídeos, películas, descargar software, etc. me preocupa el impacto que tendrá esta ley sobre el mundo académico y el desarrollo del país.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Juan Carlos Monroy		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8106</link>

		<dc:creator><![CDATA[Juan Carlos Monroy]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 06 Apr 2011 23:48:09 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=16656#comment-8106</guid>

					<description><![CDATA[Buenas noches. Quisiera hacer otros comentarios

La Dirección Nacional de Derecho de Autor se ha venido pronunciando de tiempo atrás, en el sentido de considerar que la realización de hipervínculos a contenidos ya publicados y disponibles en la red no constituye un nuevo acto de puesta a disposición (comunicación pública) de las obras protegidas por el derecho de autor o las prestaciones protegidas por los derechos conexos.

La jurisprudencia internacional no ha sido unívoca en este sentido. Desde el punto de vista de la ley colombiana vemos que hay un nuevo acto de comunicación pública cuando la obra se hace accesible &quot;a un nuevo público&quot;. En este caso, después de que la obra ha sido publicada por primera vez en la red a disposición de todos los usuarios de la misma, el hecho de que un tercero haga hipervínculo a ese contenido desde otro sitio de la misma red y que a su vez es accesible a todos los usuarios, no está significando el acceso de &quot;un nuevo público&quot;, por lo tanto no nos encontramos ante un acto de comunicación pública independiente o sucesivo.

En opinión de esta oficina, en el contexto señalado el acto de enlazar mediante hipervínculos a contenidos ya publicados en la red y accesibles a todos los usuarios, no podría considerarse como una infracción al derecho de autor.

Cordial saludo]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas noches. Quisiera hacer otros comentarios</p>
<p>La Dirección Nacional de Derecho de Autor se ha venido pronunciando de tiempo atrás, en el sentido de considerar que la realización de hipervínculos a contenidos ya publicados y disponibles en la red no constituye un nuevo acto de puesta a disposición (comunicación pública) de las obras protegidas por el derecho de autor o las prestaciones protegidas por los derechos conexos.</p>
<p>La jurisprudencia internacional no ha sido unívoca en este sentido. Desde el punto de vista de la ley colombiana vemos que hay un nuevo acto de comunicación pública cuando la obra se hace accesible &#8220;a un nuevo público&#8221;. En este caso, después de que la obra ha sido publicada por primera vez en la red a disposición de todos los usuarios de la misma, el hecho de que un tercero haga hipervínculo a ese contenido desde otro sitio de la misma red y que a su vez es accesible a todos los usuarios, no está significando el acceso de &#8220;un nuevo público&#8221;, por lo tanto no nos encontramos ante un acto de comunicación pública independiente o sucesivo.</p>
<p>En opinión de esta oficina, en el contexto señalado el acto de enlazar mediante hipervínculos a contenidos ya publicados en la red y accesibles a todos los usuarios, no podría considerarse como una infracción al derecho de autor.</p>
<p>Cordial saludo</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: MagoAP2010		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8104</link>

		<dc:creator><![CDATA[MagoAP2010]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 06 Apr 2011 23:13:34 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=16656#comment-8104</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8088&quot;&gt;Juan Carlos Monroy&lt;/a&gt;.

Juan Carlos, estoy de acuerdo con su primer comentario, pero, respecto al segundo, el proyecto de ley no especifica claramente lo que usted menciona.
Si acaso, se podría inferir que el usuario de la red no es responsable de infracción al derecho de autor por la exposición de motivos, pero, como tal, el proyecto de ley no hace mención a lo anteriormente mencionado.
Considero conveniente especificar la responsabilidad del usuario en el proyecto de ley para evitar una posible inseguridad jurídica al respecto.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8088">Juan Carlos Monroy</a>.</p>
<p>Juan Carlos, estoy de acuerdo con su primer comentario, pero, respecto al segundo, el proyecto de ley no especifica claramente lo que usted menciona.<br />
Si acaso, se podría inferir que el usuario de la red no es responsable de infracción al derecho de autor por la exposición de motivos, pero, como tal, el proyecto de ley no hace mención a lo anteriormente mencionado.<br />
Considero conveniente especificar la responsabilidad del usuario en el proyecto de ley para evitar una posible inseguridad jurídica al respecto.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: MagoAP2010		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8103</link>

		<dc:creator><![CDATA[MagoAP2010]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 06 Apr 2011 23:02:07 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=16656#comment-8103</guid>

					<description><![CDATA[NO CENSURA DE LA INFORMACIÓN
No me opongo a la condena de cualquier uso no autorizado de reproducir y comercializar una obra protegida por la ley para su aprovechamiento ilícito por parte de personas o empresas que obtienen ganancias económicas por el trabajo de otros sin que aporten conocimiento nuevo.
Sin embargo, llamo la atención sobre un gran problema de inseguridad jurídica que conlleva el proyecto de ley presentado ante el Congreso, pues no sólo penaliza el almacenamiento y la comercialización no autorizados del material protegido legalmente, sino también aquellas conductas que permitan compartir y difundir esa información a través de los prestadores de red o de servicios.
Un ejemplo permitirá aclarar este dilema:
* El usuario A almacena material protegido por la ley en el sistema del proveedor de red y, a su vez, difunde ese material con el uso de hipervínculos o directorios, teniendo en cuenta que su intención es compartir información no creada por él, mas no obtener un lucro económico por tal acción.
* El usuario B accede a ese material y decide, al igual que el primer usuario, utilizar un hipervínculo en una red social para compartir esa información, teniendo en cuenta que su intención se limita exclusivamente a difundir el valor cultural de tal información a otros usuarios de la red, y no quiere obtener un lucro económico por tal acción.
* Es claro, según la ley, que el usuario A es responsable por almacenar y difundir material protegido a otros usuarios (independientemente de sus intenciones) por no haber sido autorizado a reproducirlo o comercializarlo. En este caso, es responsable por almacenar el material en el sistema de red, así como por vincularlo para que otros usuarios puedan acceder al mismo.
* No es claro, según la ley, si el Usuario B es responsable por poner un vínculo (por ejemplo, desde una red social) a un sitio en línea que almacena el material protegido legalmente, a pesar de que el Usuario B nunca lo almacenó en el sistema de red.
*Si la ley considera que sólo la conducta del Usuario A es penalizable, se debe establecer claramente que toda actividad relacionada con vincular contenidos (es decir, compartirlos con hipervínculos, mas no alojarlos o almacenarlos) no implica una puesta a disposición de los mismos, ni un acto de comunicación con el objetivo de lucrarse económicamente.
* Si la ley considera que las conductas de los dos usuarios son penalizables(independientemente de si almacenaron y comercializaron la información, o si se limitaron exclusivamente a difundirla), entonces se estaría incurriendo en una violación de los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos, específicamente la libertad de expresión y libre comunicación, así como el derecho de difundir y recibir información sin censura de ninguna clase.
* si bien el Estado tiene la obligación de proteger los derechos de propiedad intelectual conforme a las disposiciones que determine la ley, no se puede aceptar que los usuarios que quieran compartir información de gran valor cultural (y que no han incurrido en una conducta ilegal como el almacenamiento de contenidos protegidos por la ley) puedan llegar a ser censurados con tan sólo referir o vincular al material protegido que otros usuarios sí han almacenado.
* En este sentido, aunque se puede penalizar al usuario que almacene o reproduzca material protegido por los derechos de propiedad intelectual, no se debe responsabilizar aquellas conductas encargadas exclusivamente de facilitar el acceso al material intelectual, ya sea por vínculos o directorios, pues se incurriría en una violación al artículo 20 de la Constitución de 1991: censura a la libre expresión y al acceso de la información.
Recordemos que los derechos de autor nunca pueden situarse por encima de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución, y, por tanto, decir que “Vender, ofrecer o poner a disposición” (como lo manifiesta el ministro Vargas Lleras) son conductas igualmente tipificables, no sólo es improcedente frente al modelo de negocio sobre el que se fundamenta internet, sino que puede ser contraproducente frente al accionar de nuestro sistema de justicia.
Además de las demandas por violar los derechos y libertades fundamentales, sólo imagínense la cantidad de denuncias diarias que podrían recibir las instancias judiciales frente a su efectividad para generar una sentencia. Ello sin considerar la incompetencia de los jueces (como lo dice el Artículo 14) para diferenciar entre el contenido legal y el contenido ilegal sin perjudicar más a todo a quien se acusa (sin el respeto a su derecho al debido proceso) que a los verdaderos infractores de los derechos de propiedad intelectual (No está demás señalar que el Artículo 11 señala que los prestadores del servicio tienen 72 horas para atender la solicitud de retiro, mientras que se dispone de 10 a 14 días para reponer el acceso al material que haya sido falsamente denunciado).
En últimas, no sólo los ciudadanos serían vulnerados en sus derechos, sino que el mismo Estado incurriría en una mayor tasa de impunidad al aumentar la carga judicial de los pocos jueces disponibles para conocer los casos (teniendo en cuenta que la justicia colombiana ni siquiera tiene la capacidad para judicializar a los sospechosos de crímenes de gran impacto como el homicidio, robo u otras formas delictivas).
P/data: disculpen lo extenso, pero era necesario decirlo.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>NO CENSURA DE LA INFORMACIÓN<br />
No me opongo a la condena de cualquier uso no autorizado de reproducir y comercializar una obra protegida por la ley para su aprovechamiento ilícito por parte de personas o empresas que obtienen ganancias económicas por el trabajo de otros sin que aporten conocimiento nuevo.<br />
Sin embargo, llamo la atención sobre un gran problema de inseguridad jurídica que conlleva el proyecto de ley presentado ante el Congreso, pues no sólo penaliza el almacenamiento y la comercialización no autorizados del material protegido legalmente, sino también aquellas conductas que permitan compartir y difundir esa información a través de los prestadores de red o de servicios.<br />
Un ejemplo permitirá aclarar este dilema:<br />
* El usuario A almacena material protegido por la ley en el sistema del proveedor de red y, a su vez, difunde ese material con el uso de hipervínculos o directorios, teniendo en cuenta que su intención es compartir información no creada por él, mas no obtener un lucro económico por tal acción.<br />
* El usuario B accede a ese material y decide, al igual que el primer usuario, utilizar un hipervínculo en una red social para compartir esa información, teniendo en cuenta que su intención se limita exclusivamente a difundir el valor cultural de tal información a otros usuarios de la red, y no quiere obtener un lucro económico por tal acción.<br />
* Es claro, según la ley, que el usuario A es responsable por almacenar y difundir material protegido a otros usuarios (independientemente de sus intenciones) por no haber sido autorizado a reproducirlo o comercializarlo. En este caso, es responsable por almacenar el material en el sistema de red, así como por vincularlo para que otros usuarios puedan acceder al mismo.<br />
* No es claro, según la ley, si el Usuario B es responsable por poner un vínculo (por ejemplo, desde una red social) a un sitio en línea que almacena el material protegido legalmente, a pesar de que el Usuario B nunca lo almacenó en el sistema de red.<br />
*Si la ley considera que sólo la conducta del Usuario A es penalizable, se debe establecer claramente que toda actividad relacionada con vincular contenidos (es decir, compartirlos con hipervínculos, mas no alojarlos o almacenarlos) no implica una puesta a disposición de los mismos, ni un acto de comunicación con el objetivo de lucrarse económicamente.<br />
* Si la ley considera que las conductas de los dos usuarios son penalizables(independientemente de si almacenaron y comercializaron la información, o si se limitaron exclusivamente a difundirla), entonces se estaría incurriendo en una violación de los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos, específicamente la libertad de expresión y libre comunicación, así como el derecho de difundir y recibir información sin censura de ninguna clase.<br />
* si bien el Estado tiene la obligación de proteger los derechos de propiedad intelectual conforme a las disposiciones que determine la ley, no se puede aceptar que los usuarios que quieran compartir información de gran valor cultural (y que no han incurrido en una conducta ilegal como el almacenamiento de contenidos protegidos por la ley) puedan llegar a ser censurados con tan sólo referir o vincular al material protegido que otros usuarios sí han almacenado.<br />
* En este sentido, aunque se puede penalizar al usuario que almacene o reproduzca material protegido por los derechos de propiedad intelectual, no se debe responsabilizar aquellas conductas encargadas exclusivamente de facilitar el acceso al material intelectual, ya sea por vínculos o directorios, pues se incurriría en una violación al artículo 20 de la Constitución de 1991: censura a la libre expresión y al acceso de la información.<br />
Recordemos que los derechos de autor nunca pueden situarse por encima de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución, y, por tanto, decir que “Vender, ofrecer o poner a disposición” (como lo manifiesta el ministro Vargas Lleras) son conductas igualmente tipificables, no sólo es improcedente frente al modelo de negocio sobre el que se fundamenta internet, sino que puede ser contraproducente frente al accionar de nuestro sistema de justicia.<br />
Además de las demandas por violar los derechos y libertades fundamentales, sólo imagínense la cantidad de denuncias diarias que podrían recibir las instancias judiciales frente a su efectividad para generar una sentencia. Ello sin considerar la incompetencia de los jueces (como lo dice el Artículo 14) para diferenciar entre el contenido legal y el contenido ilegal sin perjudicar más a todo a quien se acusa (sin el respeto a su derecho al debido proceso) que a los verdaderos infractores de los derechos de propiedad intelectual (No está demás señalar que el Artículo 11 señala que los prestadores del servicio tienen 72 horas para atender la solicitud de retiro, mientras que se dispone de 10 a 14 días para reponer el acceso al material que haya sido falsamente denunciado).<br />
En últimas, no sólo los ciudadanos serían vulnerados en sus derechos, sino que el mismo Estado incurriría en una mayor tasa de impunidad al aumentar la carga judicial de los pocos jueces disponibles para conocer los casos (teniendo en cuenta que la justicia colombiana ni siquiera tiene la capacidad para judicializar a los sospechosos de crímenes de gran impacto como el homicidio, robo u otras formas delictivas).<br />
P/data: disculpen lo extenso, pero era necesario decirlo.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Ravenman		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8102</link>

		<dc:creator><![CDATA[Ravenman]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 06 Apr 2011 22:56:35 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=16656#comment-8102</guid>

					<description><![CDATA[“El pueblo no debería temer a sus gobernantes, son los gobernantes los que deberían de temer al pueblo” – Guy Fawkes]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>“El pueblo no debería temer a sus gobernantes, son los gobernantes los que deberían de temer al pueblo” – Guy Fawkes</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: gunnersslash		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8099</link>

		<dc:creator><![CDATA[gunnersslash]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 06 Apr 2011 22:05:15 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=16656#comment-8099</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8088&quot;&gt;Juan Carlos Monroy&lt;/a&gt;.

y le recuerdo que generar lucro no solo es vender un dvd en el semaforo sino tener ingresos por publicidad de la pagina simplemente xq alli esta el contenido, traduccion cualquier cosa puede ser lucro... ese german vargas lleras es un recto!]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8088">Juan Carlos Monroy</a>.</p>
<p>y le recuerdo que generar lucro no solo es vender un dvd en el semaforo sino tener ingresos por publicidad de la pagina simplemente xq alli esta el contenido, traduccion cualquier cosa puede ser lucro&#8230; ese german vargas lleras es un recto!</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: gunnersslash		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8098</link>

		<dc:creator><![CDATA[gunnersslash]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 06 Apr 2011 22:03:51 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=16656#comment-8098</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8088&quot;&gt;Juan Carlos Monroy&lt;/a&gt;.

segun eso van a bloquear facebook, twitter, megaupload, rapidshare google etc.. porque alli se pone a dispocision la informacion para acceder a contenido ilegal.. es absurdo.. y adicional a eso que me dice del hecho que por solicitud expresa pueda obtener informacion de quienes acceden a informacion solo por sospecha nisiqueira por hechos?]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8088">Juan Carlos Monroy</a>.</p>
<p>segun eso van a bloquear facebook, twitter, megaupload, rapidshare google etc.. porque alli se pone a dispocision la informacion para acceder a contenido ilegal.. es absurdo.. y adicional a eso que me dice del hecho que por solicitud expresa pueda obtener informacion de quienes acceden a informacion solo por sospecha nisiqueira por hechos?</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Mauricio Jaramillo Marín		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8096</link>

		<dc:creator><![CDATA[Mauricio Jaramillo Marín]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 06 Apr 2011 21:49:01 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=16656#comment-8096</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8088&quot;&gt;Juan Carlos Monroy&lt;/a&gt;.

Muy válida esta aclaración. Por eso será tan importante la socialización de la iniciativa, para que se pueda criticar pero después de que sea bien entendida...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8088">Juan Carlos Monroy</a>.</p>
<p>Muy válida esta aclaración. Por eso será tan importante la socialización de la iniciativa, para que se pueda criticar pero después de que sea bien entendida&#8230;</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: betorey87		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8093</link>

		<dc:creator><![CDATA[betorey87]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 06 Apr 2011 21:30:31 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=16656#comment-8093</guid>

					<description><![CDATA[La pregunta mas importante es los colombianos que no tenemos para comprar un software, para pagar 60.000 pesos por una sola cancion de un artista que nos guste, que queramos ver un video que se hace, ahora esto significa que a youtube no se pude entrar desde colombia ya que la mayoria de los videos que miramos se podrian decir segun esta ley que son piratas, no se como el gobierno le pone mas atencion a una ley de manera un poco absurda en mi pensamiento y no hace nada por la ley que propone la senadora gilma jimenez sobre los violadores estos si son DELICUENTES de verdad, pero el estado en este caso no se preocupa no hace nada.

Nuestro derecho a la informacion cada dia mas esta vetado, ya lo hacen los medios de comunicacion corrientes ahora lo quiere hacer con internet, y asi nos quejamos de cuba, venezuela y otros paises???]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La pregunta mas importante es los colombianos que no tenemos para comprar un software, para pagar 60.000 pesos por una sola cancion de un artista que nos guste, que queramos ver un video que se hace, ahora esto significa que a youtube no se pude entrar desde colombia ya que la mayoria de los videos que miramos se podrian decir segun esta ley que son piratas, no se como el gobierno le pone mas atencion a una ley de manera un poco absurda en mi pensamiento y no hace nada por la ley que propone la senadora gilma jimenez sobre los violadores estos si son DELICUENTES de verdad, pero el estado en este caso no se preocupa no hace nada.</p>
<p>Nuestro derecho a la informacion cada dia mas esta vetado, ya lo hacen los medios de comunicacion corrientes ahora lo quiere hacer con internet, y asi nos quejamos de cuba, venezuela y otros paises???</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Mauricio Jaramillo Marín		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8091</link>

		<dc:creator><![CDATA[Mauricio Jaramillo Marín]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 06 Apr 2011 21:05:20 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=16656#comment-8091</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8069&quot;&gt;ciberhormaza&lt;/a&gt;.

Johnrotaru, una aclaración:

Wikipedia NO vive de la publicidad.

http://www.enter.co/internet/wikipedia-cumplira-10-anos-y-ya-pidio-regalo-005/]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8069">ciberhormaza</a>.</p>
<p>Johnrotaru, una aclaración:</p>
<p>Wikipedia NO vive de la publicidad.</p>
<p><a href="http://www.enter.co/internet/wikipedia-cumplira-10-anos-y-ya-pidio-regalo-005/" rel="ugc">http://www.enter.co/internet/wikipedia-cumplira-10-anos-y-ya-pidio-regalo-005/</a></p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Juan Carlos Monroy		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8090</link>

		<dc:creator><![CDATA[Juan Carlos Monroy]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 06 Apr 2011 21:01:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=16656#comment-8090</guid>

					<description><![CDATA[Buenas tardes. Otro comentario.

En Colombia también es posible comprar música por Internet, legalmente y a precios accesibles. Pueden mencionarse como ejemplos los sitios que aparecen en esta página:

http://www.derechodeautor.gov.co/htm/Compre_legal/compre_legal.htm

Saludos]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas tardes. Otro comentario.</p>
<p>En Colombia también es posible comprar música por Internet, legalmente y a precios accesibles. Pueden mencionarse como ejemplos los sitios que aparecen en esta página:</p>
<p><a href="http://www.derechodeautor.gov.co/htm/Compre_legal/compre_legal.htm" rel="nofollow ugc">http://www.derechodeautor.gov.co/htm/Compre_legal/compre_legal.htm</a></p>
<p>Saludos</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Juan Carlos Monroy		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8088</link>

		<dc:creator><![CDATA[Juan Carlos Monroy]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 06 Apr 2011 20:41:01 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=16656#comment-8088</guid>

					<description><![CDATA[Buenas tardes. Algunos comentarios sobre el proyecto de Ley:

- En la piratería tradicional no se penaliza al comprador sino al fabricante y vendedor (ver artículo 271 numeral 1 del Código Penal). Con la misma lógica, en la piratería de internet no se busca penalizar al que accede o descarga un contenido, sino a quien vende, ofrece o pone a disposición a efectos de comercialización las creaciones protegidas (ver artículo 17 del Proyecto).

- En general, el usuario de la red no es responsable de infracción al derecho de autor por el simple hecho de descargar, acceder o compartir contenidos. Otra cosa es cuando el usuario publica o pone a disposición contenidos protegidos sin autorización, entonces puede ser una infracción civil, y si además se lucra o comercializa dichos contenidos, podrá existir entonces una infracción penal.

Saludos]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas tardes. Algunos comentarios sobre el proyecto de Ley:</p>
<p>&#8211; En la piratería tradicional no se penaliza al comprador sino al fabricante y vendedor (ver artículo 271 numeral 1 del Código Penal). Con la misma lógica, en la piratería de internet no se busca penalizar al que accede o descarga un contenido, sino a quien vende, ofrece o pone a disposición a efectos de comercialización las creaciones protegidas (ver artículo 17 del Proyecto).</p>
<p>&#8211; En general, el usuario de la red no es responsable de infracción al derecho de autor por el simple hecho de descargar, acceder o compartir contenidos. Otra cosa es cuando el usuario publica o pone a disposición contenidos protegidos sin autorización, entonces puede ser una infracción civil, y si además se lucra o comercializa dichos contenidos, podrá existir entonces una infracción penal.</p>
<p>Saludos</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: wpardo1106		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/negocios/prision-para-piratas-en-internet-se-abre-paso-en-colombia/#comment-8084</link>

		<dc:creator><![CDATA[wpardo1106]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 06 Apr 2011 19:43:51 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=16656#comment-8084</guid>

					<description><![CDATA[yo tengo una preguntica, si yo estudio diseño por ejemplo y el software que uso vale original, 4.000 dolares por un lado, otro programa vale casi los 3.000 y en colombia las licensias educativas no existen para este tipo de programas entonces debo retirarme de mi carrera por no usar software pirata y asi evitar ir a la carcel?

entonces van a mandarnos a todos a la carcel?

antes de hacer tantas leyes por q no evaluan los motivos de la pirateria en colombia, no todo es comprar los 50 de joselito piratas en un semaforo, hay muchas personas q nos vemos en la necesidad de piratear para poder aprender , yo no puedo pagar maya original, y pensar en pagar en los andes 11 millones por semestre, y eso sin materiales y los demas programas, si primero se dedican a buscar q las empresas aca otorguen software academico  ahi si, hablamos de combatir pirateria, o q van a hacer? va decirle a un estudiante de cualquier carrera q si no paga por un software el cual es costoso no puede estudiar y todos nos vamos a hechar pica a ver si terminanos lo q el alcalducho no termino en bogota?]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>yo tengo una preguntica, si yo estudio diseño por ejemplo y el software que uso vale original, 4.000 dolares por un lado, otro programa vale casi los 3.000 y en colombia las licensias educativas no existen para este tipo de programas entonces debo retirarme de mi carrera por no usar software pirata y asi evitar ir a la carcel?</p>
<p>entonces van a mandarnos a todos a la carcel?</p>
<p>antes de hacer tantas leyes por q no evaluan los motivos de la pirateria en colombia, no todo es comprar los 50 de joselito piratas en un semaforo, hay muchas personas q nos vemos en la necesidad de piratear para poder aprender , yo no puedo pagar maya original, y pensar en pagar en los andes 11 millones por semestre, y eso sin materiales y los demas programas, si primero se dedican a buscar q las empresas aca otorguen software academico  ahi si, hablamos de combatir pirateria, o q van a hacer? va decirle a un estudiante de cualquier carrera q si no paga por un software el cual es costoso no puede estudiar y todos nos vamos a hechar pica a ver si terminanos lo q el alcalducho no termino en bogota?</p>
]]></content:encoded>
		
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