<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	
	>
<channel>
	<title>
	Comentarios en: Decreto 2025: ¿solución o &#8216;mico&#8217;? [opinión]	</title>
	<atom:link href="https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/</link>
	<description>Tecnología y Cultura Digital</description>
	<lastBuildDate>Mon, 09 Jan 2017 01:25:00 +0000</lastBuildDate>
	<sy:updatePeriod>
	hourly	</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>
	1	</sy:updateFrequency>
	<generator>https://wordpress.org/?v=6.9.4</generator>
	<item>
		<title>
		Por: Model1978		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-187986</link>

		<dc:creator><![CDATA[Model1978]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 09 Jan 2017 01:25:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-187986</guid>

					<description><![CDATA[Es una maldita conspiración. Arriba el contrabando, que viva el contrabando]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Es una maldita conspiración. Arriba el contrabando, que viva el contrabando</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Juan Pastás		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-187914</link>

		<dc:creator><![CDATA[Juan Pastás]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Jan 2017 14:37:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-187914</guid>

					<description><![CDATA[A mi la DIAN me robo un celular en abril 2016.

Ironico, para combatir el robo de celulares, entonces el gobierno empieza a robar celulares.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>A mi la DIAN me robo un celular en abril 2016.</p>
<p>Ironico, para combatir el robo de celulares, entonces el gobierno empieza a robar celulares.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Luis2101		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-181487</link>

		<dc:creator><![CDATA[Luis2101]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 20 Mar 2016 14:27:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-181487</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177267&quot;&gt;Miguel Angel copete&lt;/a&gt;.

Señor Copete, ya que se las da del que sabe más de este asunto y todos los demás somos ignorantes del tema, le propongo que lea estos pequeños párrafos:
&quot;DECRETO 1103 DE 2014:
ARTíCULO 1. ALCANCE DEL BENEFICIO. De conformidad con lo establecido en el literal j). del artículo 428 del Estatuto Tributario, no causarán el impuesto sobre las ventas, LAS IMPORTACIONES de envíos urgentes que ingresen bajo la modalidad de Tráfico Postal y Envíos Urgentes de que trata la Sección VIII del Capítulo VI del Título V del Decreto 2685 de 1999, o bajo el régimen aduanero que sea creado en la norma que lo sustituya o modifique. 
El valor de la mercancía no podrá exceder el monto de los doscientos dólares de los Estados Unidos de América (USD 200), sin incluir los gastos de entrega.&quot;

Decreto 2685 de 1999
&quot;ARTICULO 192. TRÁFICO POSTAL Y ENVÍOS URGENTES.
  Podrán ser objeto de importación por esta modalidad los envíos de correspondencia, los envíos que lleguen al territorio nacional por la red oficial de correos y los envíos urgentes siempre que su valor no exceda de dos mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (US$2.000) y requieran ágil entrega a su destinatario.
La mercancía importada según lo establecido para esta modalidad, queda en libre disposición.&quot;

Le comento, por si no entendió.  Primero, sí se le llama importación a la mercancía que ingresa bajo modalidad de correo postal, allí arriba lo dice, ¿o no?.  Por lo anterior, debería remitirse ante los emisores de los anteriores decretos para que a su gusto y opinión cambien el término, pues a su juicio ellos están equivocados.
Segundo.  Los anteriores decretos demuestran que en efecto esta mercancía que ingresa a territorio nacional mediante la modalidad de tráfico postal si es legalizada, y si pagan impuestos, un arancel del 10% para paquetes cuyo valor declarado sea menor de USD $200 con excepción de IVA, y para paquetes con valores mayores a USD $200, además del arancel de 10% también se le aplica el IVA del 16%.  Entonces, llegados a este punto le formulo dos preguntas, ¿cree usted que esos porcentajes de 10% por arancel y 16% por IVA no son impuestos para legalizar la mercancía? ¿o usted sugiere que esos porcentajes son algo así como una especie de soborno para dejar pasar la mercancía ilegalmente?]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177267">Miguel Angel copete</a>.</p>
<p>Señor Copete, ya que se las da del que sabe más de este asunto y todos los demás somos ignorantes del tema, le propongo que lea estos pequeños párrafos:<br />
&#8220;DECRETO 1103 DE 2014:<br />
ARTíCULO 1. ALCANCE DEL BENEFICIO. De conformidad con lo establecido en el literal j). del artículo 428 del Estatuto Tributario, no causarán el impuesto sobre las ventas, LAS IMPORTACIONES de envíos urgentes que ingresen bajo la modalidad de Tráfico Postal y Envíos Urgentes de que trata la Sección VIII del Capítulo VI del Título V del Decreto 2685 de 1999, o bajo el régimen aduanero que sea creado en la norma que lo sustituya o modifique.<br />
El valor de la mercancía no podrá exceder el monto de los doscientos dólares de los Estados Unidos de América (USD 200), sin incluir los gastos de entrega.&#8221;</p>
<p>Decreto 2685 de 1999<br />
&#8220;ARTICULO 192. TRÁFICO POSTAL Y ENVÍOS URGENTES.<br />
  Podrán ser objeto de importación por esta modalidad los envíos de correspondencia, los envíos que lleguen al territorio nacional por la red oficial de correos y los envíos urgentes siempre que su valor no exceda de dos mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (US$2.000) y requieran ágil entrega a su destinatario.<br />
La mercancía importada según lo establecido para esta modalidad, queda en libre disposición.&#8221;</p>
<p>Le comento, por si no entendió.  Primero, sí se le llama importación a la mercancía que ingresa bajo modalidad de correo postal, allí arriba lo dice, ¿o no?.  Por lo anterior, debería remitirse ante los emisores de los anteriores decretos para que a su gusto y opinión cambien el término, pues a su juicio ellos están equivocados.<br />
Segundo.  Los anteriores decretos demuestran que en efecto esta mercancía que ingresa a territorio nacional mediante la modalidad de tráfico postal si es legalizada, y si pagan impuestos, un arancel del 10% para paquetes cuyo valor declarado sea menor de USD $200 con excepción de IVA, y para paquetes con valores mayores a USD $200, además del arancel de 10% también se le aplica el IVA del 16%.  Entonces, llegados a este punto le formulo dos preguntas, ¿cree usted que esos porcentajes de 10% por arancel y 16% por IVA no son impuestos para legalizar la mercancía? ¿o usted sugiere que esos porcentajes son algo así como una especie de soborno para dejar pasar la mercancía ilegalmente?</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Luis2101		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-355032</link>

		<dc:creator><![CDATA[Luis2101]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 20 Mar 2016 14:27:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-355032</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-350724&quot;&gt;Miguel Angel copete&lt;/a&gt;.

Señor Copete, ya que se las da del que sabe más de este asunto y todos los demás somos ignorantes del tema, le propongo que lea estos pequeños párrafos:
&quot;DECRETO 1103 DE 2014:
ARTíCULO 1. ALCANCE DEL BENEFICIO. De conformidad con lo establecido en el literal j). del artículo 428 del Estatuto Tributario, no causarán el impuesto sobre las ventas, LAS IMPORTACIONES de envíos urgentes que ingresen bajo la modalidad de Tráfico Postal y Envíos Urgentes de que trata la Sección VIII del Capítulo VI del Título V del Decreto 2685 de 1999, o bajo el régimen aduanero que sea creado en la norma que lo sustituya o modifique. 
El valor de la mercancía no podrá exceder el monto de los doscientos dólares de los Estados Unidos de América (USD 200), sin incluir los gastos de entrega.&quot;

Decreto 2685 de 1999
&quot;ARTICULO 192. TRÁFICO POSTAL Y ENVÍOS URGENTES.
  Podrán ser objeto de importación por esta modalidad los envíos de correspondencia, los envíos que lleguen al territorio nacional por la red oficial de correos y los envíos urgentes siempre que su valor no exceda de dos mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (US$2.000) y requieran ágil entrega a su destinatario.
La mercancía importada según lo establecido para esta modalidad, queda en libre disposición.&quot;

Le comento, por si no entendió.  Primero, sí se le llama importación a la mercancía que ingresa bajo modalidad de correo postal, allí arriba lo dice, ¿o no?.  Por lo anterior, debería remitirse ante los emisores de los anteriores decretos para que a su gusto y opinión cambien el término, pues a su juicio ellos están equivocados.
Segundo.  Los anteriores decretos demuestran que en efecto esta mercancía que ingresa a territorio nacional mediante la modalidad de tráfico postal si es legalizada, y si pagan impuestos, un arancel del 10% para paquetes cuyo valor declarado sea menor de USD $200 con excepción de IVA, y para paquetes con valores mayores a USD $200, además del arancel de 10% también se le aplica el IVA del 16%.  Entonces, llegados a este punto le formulo dos preguntas, ¿cree usted que esos porcentajes de 10% por arancel y 16% por IVA no son impuestos para legalizar la mercancía? ¿o usted sugiere que esos porcentajes son algo así como una especie de soborno para dejar pasar la mercancía ilegalmente?]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-350724">Miguel Angel copete</a>.</p>
<p>Señor Copete, ya que se las da del que sabe más de este asunto y todos los demás somos ignorantes del tema, le propongo que lea estos pequeños párrafos:<br />
&#8220;DECRETO 1103 DE 2014:<br />
ARTíCULO 1. ALCANCE DEL BENEFICIO. De conformidad con lo establecido en el literal j). del artículo 428 del Estatuto Tributario, no causarán el impuesto sobre las ventas, LAS IMPORTACIONES de envíos urgentes que ingresen bajo la modalidad de Tráfico Postal y Envíos Urgentes de que trata la Sección VIII del Capítulo VI del Título V del Decreto 2685 de 1999, o bajo el régimen aduanero que sea creado en la norma que lo sustituya o modifique.<br />
El valor de la mercancía no podrá exceder el monto de los doscientos dólares de los Estados Unidos de América (USD 200), sin incluir los gastos de entrega.&#8221;</p>
<p>Decreto 2685 de 1999<br />
&#8220;ARTICULO 192. TRÁFICO POSTAL Y ENVÍOS URGENTES.<br />
  Podrán ser objeto de importación por esta modalidad los envíos de correspondencia, los envíos que lleguen al territorio nacional por la red oficial de correos y los envíos urgentes siempre que su valor no exceda de dos mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (US$2.000) y requieran ágil entrega a su destinatario.<br />
La mercancía importada según lo establecido para esta modalidad, queda en libre disposición.&#8221;</p>
<p>Le comento, por si no entendió.  Primero, sí se le llama importación a la mercancía que ingresa bajo modalidad de correo postal, allí arriba lo dice, ¿o no?.  Por lo anterior, debería remitirse ante los emisores de los anteriores decretos para que a su gusto y opinión cambien el término, pues a su juicio ellos están equivocados.<br />
Segundo.  Los anteriores decretos demuestran que en efecto esta mercancía que ingresa a territorio nacional mediante la modalidad de tráfico postal si es legalizada, y si pagan impuestos, un arancel del 10% para paquetes cuyo valor declarado sea menor de USD $200 con excepción de IVA, y para paquetes con valores mayores a USD $200, además del arancel de 10% también se le aplica el IVA del 16%.  Entonces, llegados a este punto le formulo dos preguntas, ¿cree usted que esos porcentajes de 10% por arancel y 16% por IVA no son impuestos para legalizar la mercancía? ¿o usted sugiere que esos porcentajes son algo así como una especie de soborno para dejar pasar la mercancía ilegalmente?</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Jorge		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-180980</link>

		<dc:creator><![CDATA[Jorge]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 03 Mar 2016 12:54:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-180980</guid>

					<description><![CDATA[Buenos días,

Deseo enviar un teléfono celular que no sirve a China para poder hacer uso de una garantía y necesito que me den un número de guía para que la persona que me vendió el equipo en China sepa que ya se lo envié y de esa manera reponga el que no sirve. 

Quisiera saber si es posible enviarlo por tráfico postal o cualquier medio posible, y con que empresa o modalidad. Si tienen el contacto les agradecería mucho!!

Ciudad de destino: Shenzhen, GuangDong (China) Tipo de articulo: Celular Peso total: 450 gramos Precio total: $0 Tipo de servicio que se requiere: &quot;Post air mail. No taxes&quot;]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Buenos días,</p>
<p>Deseo enviar un teléfono celular que no sirve a China para poder hacer uso de una garantía y necesito que me den un número de guía para que la persona que me vendió el equipo en China sepa que ya se lo envié y de esa manera reponga el que no sirve. </p>
<p>Quisiera saber si es posible enviarlo por tráfico postal o cualquier medio posible, y con que empresa o modalidad. Si tienen el contacto les agradecería mucho!!</p>
<p>Ciudad de destino: Shenzhen, GuangDong (China) Tipo de articulo: Celular Peso total: 450 gramos Precio total: $0 Tipo de servicio que se requiere: &#8220;Post air mail. No taxes&#8221;</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Jorge		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-354526</link>

		<dc:creator><![CDATA[Jorge]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 03 Mar 2016 12:54:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-354526</guid>

					<description><![CDATA[Buenos días,

Deseo enviar un teléfono celular que no sirve a China para poder hacer uso de una garantía y necesito que me den un número de guía para que la persona que me vendió el equipo en China sepa que ya se lo envié y de esa manera reponga el que no sirve. 

Quisiera saber si es posible enviarlo por tráfico postal o cualquier medio posible, y con que empresa o modalidad. Si tienen el contacto les agradecería mucho!!

Ciudad de destino: Shenzhen, GuangDong (China) Tipo de articulo: Celular Peso total: 450 gramos Precio total: $0 Tipo de servicio que se requiere: &quot;Post air mail. No taxes&quot;]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Buenos días,</p>
<p>Deseo enviar un teléfono celular que no sirve a China para poder hacer uso de una garantía y necesito que me den un número de guía para que la persona que me vendió el equipo en China sepa que ya se lo envié y de esa manera reponga el que no sirve. </p>
<p>Quisiera saber si es posible enviarlo por tráfico postal o cualquier medio posible, y con que empresa o modalidad. Si tienen el contacto les agradecería mucho!!</p>
<p>Ciudad de destino: Shenzhen, GuangDong (China) Tipo de articulo: Celular Peso total: 450 gramos Precio total: $0 Tipo de servicio que se requiere: &#8220;Post air mail. No taxes&#8221;</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: freddy bohorquez		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-354045</link>

		<dc:creator><![CDATA[freddy bohorquez]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 17 Feb 2016 14:40:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-354045</guid>

					<description><![CDATA[jose, no comprendo si las personas que tienen el permiso del ministerio de comunicaciones, que se actualiza cada 2 anos, se traen celulares importados desde usa, que alla no permiten vender telefonos robados por que el castigo es bien grande, por que en colombia nos quitan el derecho, a escoger? no es volver ala epoca dodne unos mandaban y otros eran subditos? no hay derechos? ademas como van a comparar un celular que aqui un ejemplo vale 400mil pesos en estados unidos se trae uno en la mitad del precio y con mas funciones y capacidades? no hay un ente en el cual uno se queje, por que es una manera hoensta de trabajo y ayudar alos colombianos a tener diversidad ellos escojan precio, calidad y sobre todo equipos legales? quedo atento atu respuesta. Gracias :)]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>jose, no comprendo si las personas que tienen el permiso del ministerio de comunicaciones, que se actualiza cada 2 anos, se traen celulares importados desde usa, que alla no permiten vender telefonos robados por que el castigo es bien grande, por que en colombia nos quitan el derecho, a escoger? no es volver ala epoca dodne unos mandaban y otros eran subditos? no hay derechos? ademas como van a comparar un celular que aqui un ejemplo vale 400mil pesos en estados unidos se trae uno en la mitad del precio y con mas funciones y capacidades? no hay un ente en el cual uno se queje, por que es una manera hoensta de trabajo y ayudar alos colombianos a tener diversidad ellos escojan precio, calidad y sobre todo equipos legales? quedo atento atu respuesta. Gracias 🙂</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: freddy bohorquez		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-180498</link>

		<dc:creator><![CDATA[freddy bohorquez]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 17 Feb 2016 14:40:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-180498</guid>

					<description><![CDATA[jose, no comprendo si las personas que tienen el permiso del ministerio de comunicaciones, que se actualiza cada 2 anos, se traen celulares importados desde usa, que alla no permiten vender telefonos robados por que el castigo es bien grande, por que en colombia nos quitan el derecho, a escoger? no es volver ala epoca dodne unos mandaban y otros eran subditos? no hay derechos? ademas como van a comparar un celular que aqui un ejemplo vale 400mil pesos en estados unidos se trae uno en la mitad del precio y con mas funciones y capacidades? no hay un ente en el cual uno se queje, por que es una manera hoensta de trabajo y ayudar alos colombianos a tener diversidad ellos escojan precio, calidad y sobre todo equipos legales? quedo atento atu respuesta. Gracias :)]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>jose, no comprendo si las personas que tienen el permiso del ministerio de comunicaciones, que se actualiza cada 2 anos, se traen celulares importados desde usa, que alla no permiten vender telefonos robados por que el castigo es bien grande, por que en colombia nos quitan el derecho, a escoger? no es volver ala epoca dodne unos mandaban y otros eran subditos? no hay derechos? ademas como van a comparar un celular que aqui un ejemplo vale 400mil pesos en estados unidos se trae uno en la mitad del precio y con mas funciones y capacidades? no hay un ente en el cual uno se queje, por que es una manera hoensta de trabajo y ayudar alos colombianos a tener diversidad ellos escojan precio, calidad y sobre todo equipos legales? quedo atento atu respuesta. Gracias 🙂</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: JEF		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-179866</link>

		<dc:creator><![CDATA[JEF]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 27 Jan 2016 14:44:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-179866</guid>

					<description><![CDATA[LA ULTIMA MODIFICACION no sirve solo se puede traer celulares homologados para completar ay que pagar un dineral para poderlos homologar todavia ay peros en esta ley]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>LA ULTIMA MODIFICACION no sirve solo se puede traer celulares homologados para completar ay que pagar un dineral para poderlos homologar todavia ay peros en esta ley</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: JEF		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-353409</link>

		<dc:creator><![CDATA[JEF]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 27 Jan 2016 14:44:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-353409</guid>

					<description><![CDATA[LA ULTIMA MODIFICACION no sirve solo se puede traer celulares homologados para completar ay que pagar un dineral para poderlos homologar todavia ay peros en esta ley]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>LA ULTIMA MODIFICACION no sirve solo se puede traer celulares homologados para completar ay que pagar un dineral para poderlos homologar todavia ay peros en esta ley</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Sebastian Torres		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-351452</link>

		<dc:creator><![CDATA[Sebastian Torres]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 24 Nov 2015 22:03:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-351452</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-350972&quot;&gt;Jonfensu&lt;/a&gt;.

De todos modos, aunque no lo creas, es mas gente de la que uno piensa. Lo importante es que se haga el debido proceso legal para que lo quiten o al menos, se modifique lo que nos interesa, con toda la seriedad del asunto, porque es muy claro que se nos están vulnerando los derechos.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-350972">Jonfensu</a>.</p>
<p>De todos modos, aunque no lo creas, es mas gente de la que uno piensa. Lo importante es que se haga el debido proceso legal para que lo quiten o al menos, se modifique lo que nos interesa, con toda la seriedad del asunto, porque es muy claro que se nos están vulnerando los derechos.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: sebastian torres		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177953</link>

		<dc:creator><![CDATA[sebastian torres]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 24 Nov 2015 22:03:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-177953</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177493&quot;&gt;Jonfensu&lt;/a&gt;.

De todos modos, aunque no lo creas, es mas gente de la que uno piensa. Lo importante es que se haga el debido proceso legal para que lo quiten o al menos, se modifique lo que nos interesa, con toda la seriedad del asunto, porque es muy claro que se nos están vulnerando los derechos.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177493">Jonfensu</a>.</p>
<p>De todos modos, aunque no lo creas, es mas gente de la que uno piensa. Lo importante es que se haga el debido proceso legal para que lo quiten o al menos, se modifique lo que nos interesa, con toda la seriedad del asunto, porque es muy claro que se nos están vulnerando los derechos.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: ELIAS GUERRA		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-351355</link>

		<dc:creator><![CDATA[ELIAS GUERRA]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 23 Nov 2015 18:05:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-351355</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-350724&quot;&gt;Miguel Angel copete&lt;/a&gt;.

Señor Copete. No sea tomado como apellido dicho sustantivo. Podría perfectamente pensarse así, si viviendo de un asesor de ventas de una de las compañías de telefonía móvil del país se tratase. O un acertado convencido portador de información incorrecta carente te experiencias de primera mano en lo que a la temática respecta, o bien un elevado ego con aspiración de bolsillo lleno que asiente al abuso que amasan aquellos que pretenden manejar el sistema con una mano.

Como importador sólo añadiré, que realmente es ver como desesperadamente se llenan formas para el retroceso tecnológico y social de nuestra amada Colombia, de la mano de quienes vehementemente no hallan más que hacer para salirse con la suya.
Me disculpo ante quien lea este comentario, por quemar tantas palabras cual cartuchos dando demasiada importancia al señor Copete (Hasta yo me sorprendí).]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-350724">Miguel Angel copete</a>.</p>
<p>Señor Copete. No sea tomado como apellido dicho sustantivo. Podría perfectamente pensarse así, si viviendo de un asesor de ventas de una de las compañías de telefonía móvil del país se tratase. O un acertado convencido portador de información incorrecta carente te experiencias de primera mano en lo que a la temática respecta, o bien un elevado ego con aspiración de bolsillo lleno que asiente al abuso que amasan aquellos que pretenden manejar el sistema con una mano.</p>
<p>Como importador sólo añadiré, que realmente es ver como desesperadamente se llenan formas para el retroceso tecnológico y social de nuestra amada Colombia, de la mano de quienes vehementemente no hallan más que hacer para salirse con la suya.<br />
Me disculpo ante quien lea este comentario, por quemar tantas palabras cual cartuchos dando demasiada importancia al señor Copete (Hasta yo me sorprendí).</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: ELIAS GUERRA		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177859</link>

		<dc:creator><![CDATA[ELIAS GUERRA]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 23 Nov 2015 18:05:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-177859</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177267&quot;&gt;Miguel Angel copete&lt;/a&gt;.

Señor Copete. No sea tomado como apellido dicho sustantivo. Podría perfectamente pensarse así, si viviendo de un asesor de ventas de una de las compañías de telefonía móvil del país se tratase. O un acertado convencido portador de información incorrecta carente te experiencias de primera mano en lo que a la temática respecta, o bien un elevado ego con aspiración de bolsillo lleno que asiente al abuso que amasan aquellos que pretenden manejar el sistema con una mano.

Como importador sólo añadiré, que realmente es ver como desesperadamente se llenan formas para el retroceso tecnológico y social de nuestra amada Colombia, de la mano de quienes vehementemente no hallan más que hacer para salirse con la suya.
Me disculpo ante quien lea este comentario, por quemar tantas palabras cual cartuchos dando demasiada importancia al señor Copete (Hasta yo me sorprendí).]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177267">Miguel Angel copete</a>.</p>
<p>Señor Copete. No sea tomado como apellido dicho sustantivo. Podría perfectamente pensarse así, si viviendo de un asesor de ventas de una de las compañías de telefonía móvil del país se tratase. O un acertado convencido portador de información incorrecta carente te experiencias de primera mano en lo que a la temática respecta, o bien un elevado ego con aspiración de bolsillo lleno que asiente al abuso que amasan aquellos que pretenden manejar el sistema con una mano.</p>
<p>Como importador sólo añadiré, que realmente es ver como desesperadamente se llenan formas para el retroceso tecnológico y social de nuestra amada Colombia, de la mano de quienes vehementemente no hallan más que hacer para salirse con la suya.<br />
Me disculpo ante quien lea este comentario, por quemar tantas palabras cual cartuchos dando demasiada importancia al señor Copete (Hasta yo me sorprendí).</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Juan		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-351350</link>

		<dc:creator><![CDATA[Juan]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 23 Nov 2015 16:12:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-351350</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-350894&quot;&gt;Miguel Angel copete&lt;/a&gt;.

Deje de desinformar por favor. Lo que usted menciona en repetidos comentarios es completamente falso.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-350894">Miguel Angel copete</a>.</p>
<p>Deje de desinformar por favor. Lo que usted menciona en repetidos comentarios es completamente falso.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: juandiegov		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177855</link>

		<dc:creator><![CDATA[juandiegov]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 23 Nov 2015 16:12:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-177855</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177421&quot;&gt;Miguel Angel copete&lt;/a&gt;.

Deje de desinformar por favor. Lo que usted menciona en repetidos comentarios es completamente falso.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177421">Miguel Angel copete</a>.</p>
<p>Deje de desinformar por favor. Lo que usted menciona en repetidos comentarios es completamente falso.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Juan		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-351349</link>

		<dc:creator><![CDATA[Juan]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 23 Nov 2015 16:07:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-351349</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-350860&quot;&gt;Juan&lt;/a&gt;.

Estás completamente equivocado. Claramente el Decreto prohíbe el ingreso de los teléfonos al país. Y lo que es más los couriers que utilizo como BoxTCC, PunotMio y Transexpress ya enviaron los respectivos correos indicando que ellos no enviaran teléfonos ni partes al país.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-350860">Juan</a>.</p>
<p>Estás completamente equivocado. Claramente el Decreto prohíbe el ingreso de los teléfonos al país. Y lo que es más los couriers que utilizo como BoxTCC, PunotMio y Transexpress ya enviaron los respectivos correos indicando que ellos no enviaran teléfonos ni partes al país.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: juandiegov		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177854</link>

		<dc:creator><![CDATA[juandiegov]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 23 Nov 2015 16:07:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-177854</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177389&quot;&gt;Juan&lt;/a&gt;.

Estás completamente equivocado. Claramente el Decreto prohíbe el ingreso de los teléfonos al país. Y lo que es más los couriers que utilizo como BoxTCC, PunotMio y Transexpress ya enviaron los respectivos correos indicando que ellos no enviaran teléfonos ni partes al país.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177389">Juan</a>.</p>
<p>Estás completamente equivocado. Claramente el Decreto prohíbe el ingreso de los teléfonos al país. Y lo que es más los couriers que utilizo como BoxTCC, PunotMio y Transexpress ya enviaron los respectivos correos indicando que ellos no enviaran teléfonos ni partes al país.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: derangeur		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-351128</link>

		<dc:creator><![CDATA[derangeur]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 16 Nov 2015 03:29:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-351128</guid>

					<description><![CDATA[esto es un sayayin cuando ve la luna llena, por donde se mire lo unico que hace es incentivar el robo de telefonos, tanto por el precio que los operadores van a incrementar de la forma mas descarada, como por la imposibilidad de importar repuestos que va a fomentar el mercado negro de estos, y santos planeando viaje a Francia a rapiñar pantalla, que porqueria de gobierno carroñeros por punta y punta]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>esto es un sayayin cuando ve la luna llena, por donde se mire lo unico que hace es incentivar el robo de telefonos, tanto por el precio que los operadores van a incrementar de la forma mas descarada, como por la imposibilidad de importar repuestos que va a fomentar el mercado negro de estos, y santos planeando viaje a Francia a rapiñar pantalla, que porqueria de gobierno carroñeros por punta y punta</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: derangeur		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177639</link>

		<dc:creator><![CDATA[derangeur]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 16 Nov 2015 03:29:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-177639</guid>

					<description><![CDATA[esto es un sayayin cuando ve la luna llena, por donde se mire lo unico que hace es incentivar el robo de telefonos, tanto por el precio que los operadores van a incrementar de la forma mas descarada, como por la imposibilidad de importar repuestos que va a fomentar el mercado negro de estos, y santos planeando viaje a Francia a rapiñar pantalla, que porqueria de gobierno carroñeros por punta y punta]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>esto es un sayayin cuando ve la luna llena, por donde se mire lo unico que hace es incentivar el robo de telefonos, tanto por el precio que los operadores van a incrementar de la forma mas descarada, como por la imposibilidad de importar repuestos que va a fomentar el mercado negro de estos, y santos planeando viaje a Francia a rapiñar pantalla, que porqueria de gobierno carroñeros por punta y punta</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Nicolas Zambrano		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-351114</link>

		<dc:creator><![CDATA[Nicolas Zambrano]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 14 Nov 2015 17:00:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-351114</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-350726&quot;&gt;Miguel Angel copete&lt;/a&gt;.

Hola, creo que eres ignorante con respecto a la legislación regulatoria de las importaciones. Según la normatividad colombiana los paquetes que entran por courrier están cobijados por la modalidad de importación denominada trafico postal y envíos urgentes; para esta modalidad está estipulado (Según el articulo 9 decreto 1470 de 2008):

&quot;ARTICULO 9. Modifícase el artículo 201 del Decreto 2685 de 1999, el cual quedará así:

“Articulo 201. Declaración de importación simplificada. El intermediario de la modalidad de importación de tráfico postal y envíos urgentes deberá liquidar en el mismo documento de transporte el valor de los tributos aduaneros correspondientes a las mercancías que entregue a cada destinatario, indicando la subpartida arancelaria y la tasa de cambio apicada . En caso de legalización en este mismo documento deberá liquidarse además el valor del rescate.

El documento de transporte firmado por el destinatario será considerado declaración de importación simplificada. A partir de este momento se entenderá que la mercancía ha sido sometida a la modalidad de importación.

Cancelados los tributos aduaneros y el valor del rescate por abandono cuando a ello hubiere lugar, y firmado el documento de transporte que acredite el pago, la mercancía entregada por el intermediario quedará en libre disposición. El destinatario deberá conservar este documento por el término de cinco (5) años contados a partir de la fecha de recibo de la mercancía.”&quot;

Con este decreto queda estipulado que el DOCUMENTO DE TRANSPORTE tiene el equivalente legal a la DECLARACION DE IMPORTACION, por lo cual no es cierto que los celulares que entren por courrier no esten nacionalizados legalmente. Si lo que quisiera el gobierno es mantener un control de los numeros de serie de los terminales que se importan, entonces facilmente se podria adicionar los Imei al documento de transporte y listo (esa seria la solucion logica). Saludos.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-350726">Miguel Angel copete</a>.</p>
<p>Hola, creo que eres ignorante con respecto a la legislación regulatoria de las importaciones. Según la normatividad colombiana los paquetes que entran por courrier están cobijados por la modalidad de importación denominada trafico postal y envíos urgentes; para esta modalidad está estipulado (Según el articulo 9 decreto 1470 de 2008):</p>
<p>&#8220;ARTICULO 9. Modifícase el artículo 201 del Decreto 2685 de 1999, el cual quedará así:</p>
<p>“Articulo 201. Declaración de importación simplificada. El intermediario de la modalidad de importación de tráfico postal y envíos urgentes deberá liquidar en el mismo documento de transporte el valor de los tributos aduaneros correspondientes a las mercancías que entregue a cada destinatario, indicando la subpartida arancelaria y la tasa de cambio apicada . En caso de legalización en este mismo documento deberá liquidarse además el valor del rescate.</p>
<p>El documento de transporte firmado por el destinatario será considerado declaración de importación simplificada. A partir de este momento se entenderá que la mercancía ha sido sometida a la modalidad de importación.</p>
<p>Cancelados los tributos aduaneros y el valor del rescate por abandono cuando a ello hubiere lugar, y firmado el documento de transporte que acredite el pago, la mercancía entregada por el intermediario quedará en libre disposición. El destinatario deberá conservar este documento por el término de cinco (5) años contados a partir de la fecha de recibo de la mercancía.”&#8221;</p>
<p>Con este decreto queda estipulado que el DOCUMENTO DE TRANSPORTE tiene el equivalente legal a la DECLARACION DE IMPORTACION, por lo cual no es cierto que los celulares que entren por courrier no esten nacionalizados legalmente. Si lo que quisiera el gobierno es mantener un control de los numeros de serie de los terminales que se importan, entonces facilmente se podria adicionar los Imei al documento de transporte y listo (esa seria la solucion logica). Saludos.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Nicolas Zambrano		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177628</link>

		<dc:creator><![CDATA[Nicolas Zambrano]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 14 Nov 2015 17:00:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-177628</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177269&quot;&gt;Miguel Angel copete&lt;/a&gt;.

Hola, creo que eres ignorante con respecto a la legislación regulatoria de las importaciones. Según la normatividad colombiana los paquetes que entran por courrier están cobijados por la modalidad de importación denominada trafico postal y envíos urgentes; para esta modalidad está estipulado (Según el articulo 9 decreto 1470 de 2008):

&quot;ARTICULO 9. Modifícase el artículo 201 del Decreto 2685 de 1999, el cual quedará así:

“Articulo 201. Declaración de importación simplificada. El intermediario de la modalidad de importación de tráfico postal y envíos urgentes deberá liquidar en el mismo documento de transporte el valor de los tributos aduaneros correspondientes a las mercancías que entregue a cada destinatario, indicando la subpartida arancelaria y la tasa de cambio apicada . En caso de legalización en este mismo documento deberá liquidarse además el valor del rescate.

El documento de transporte firmado por el destinatario será considerado declaración de importación simplificada. A partir de este momento se entenderá que la mercancía ha sido sometida a la modalidad de importación.

Cancelados los tributos aduaneros y el valor del rescate por abandono cuando a ello hubiere lugar, y firmado el documento de transporte que acredite el pago, la mercancía entregada por el intermediario quedará en libre disposición. El destinatario deberá conservar este documento por el término de cinco (5) años contados a partir de la fecha de recibo de la mercancía.”&quot;

Con este decreto queda estipulado que el DOCUMENTO DE TRANSPORTE tiene el equivalente legal a la DECLARACION DE IMPORTACION, por lo cual no es cierto que los celulares que entren por courrier no esten nacionalizados legalmente. Si lo que quisiera el gobierno es mantener un control de los numeros de serie de los terminales que se importan, entonces facilmente se podria adicionar los Imei al documento de transporte y listo (esa seria la solucion logica). Saludos.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177269">Miguel Angel copete</a>.</p>
<p>Hola, creo que eres ignorante con respecto a la legislación regulatoria de las importaciones. Según la normatividad colombiana los paquetes que entran por courrier están cobijados por la modalidad de importación denominada trafico postal y envíos urgentes; para esta modalidad está estipulado (Según el articulo 9 decreto 1470 de 2008):</p>
<p>&#8220;ARTICULO 9. Modifícase el artículo 201 del Decreto 2685 de 1999, el cual quedará así:</p>
<p>“Articulo 201. Declaración de importación simplificada. El intermediario de la modalidad de importación de tráfico postal y envíos urgentes deberá liquidar en el mismo documento de transporte el valor de los tributos aduaneros correspondientes a las mercancías que entregue a cada destinatario, indicando la subpartida arancelaria y la tasa de cambio apicada . En caso de legalización en este mismo documento deberá liquidarse además el valor del rescate.</p>
<p>El documento de transporte firmado por el destinatario será considerado declaración de importación simplificada. A partir de este momento se entenderá que la mercancía ha sido sometida a la modalidad de importación.</p>
<p>Cancelados los tributos aduaneros y el valor del rescate por abandono cuando a ello hubiere lugar, y firmado el documento de transporte que acredite el pago, la mercancía entregada por el intermediario quedará en libre disposición. El destinatario deberá conservar este documento por el término de cinco (5) años contados a partir de la fecha de recibo de la mercancía.”&#8221;</p>
<p>Con este decreto queda estipulado que el DOCUMENTO DE TRANSPORTE tiene el equivalente legal a la DECLARACION DE IMPORTACION, por lo cual no es cierto que los celulares que entren por courrier no esten nacionalizados legalmente. Si lo que quisiera el gobierno es mantener un control de los numeros de serie de los terminales que se importan, entonces facilmente se podria adicionar los Imei al documento de transporte y listo (esa seria la solucion logica). Saludos.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Piergiorgio Ferrari		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-351094</link>

		<dc:creator><![CDATA[Piergiorgio Ferrari]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Nov 2015 18:20:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-351094</guid>

					<description><![CDATA[alguien puede por favor regalarme el link de la peticion que no lo enquentro? gracias]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>alguien puede por favor regalarme el link de la peticion que no lo enquentro? gracias</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Piergiorgio Ferrari		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177608</link>

		<dc:creator><![CDATA[Piergiorgio Ferrari]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Nov 2015 18:20:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-177608</guid>

					<description><![CDATA[alguien puede por favor regalarme el link de la peticion que no lo enquentro? gracias]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>alguien puede por favor regalarme el link de la peticion que no lo enquentro? gracias</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Leonardo Castillo Gomez		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-351091</link>

		<dc:creator><![CDATA[Leonardo Castillo Gomez]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Nov 2015 17:40:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-351091</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-351022&quot;&gt;Moi&lt;/a&gt;.

No solo se incumple con lo que se Negocio en el TLC. También se esta vulnerado los Derechos del Consumidor. LEY 1480 de 2011 Art. 3 Numeral 1.7. Derecho de elección: Elegir libremente los bienes y servicios que requieran los consumidores.

También se vulneran los principios de Libre Competencia y se viola el acceso y uso de las tecnologías de la Información. LEY 1431 de 2009. Articulo 2 (Principio 1 y 2) y Articulo 4 Numeral 5.

Se podría iniciar con derechos de petición a través de la web del ministerio de tics e Industria y Comercio. Y dependiendo de lo que contesten se podria seguir con un demanda ante el consejo de estado. Cualquier Ciudadano que tenga el tiempo libre puede imponer una acción de nulidad por Inconstitucionalidad ante el consejo de estado y el decreto se cae fácilmente. Ya que se violan algunos derechos y principios consagrados en la LEY. Hasta el TLC con Estados Unidos se esta incumpliendo. Cualquier empresa como Amazon, Apple, eBay, Google, puede recurrir al Cap 21 del TLC y alegar que se esta restringiendo el comercio electrónico (e-commerce). Pero alguien lo tiene que hacer. Alguien debe vencer ese miedo a que no se puede hacer nada y sacar el tiempo libre para hacerlo. Claro que se puede hacer algo pero toma su tiempo.

Adjunto los links para aquellos que deseen interponer derechos de petición. En algunos casos hay que registrarse para poder hacerlo. Creo que se podría argumentar que se están violando los derechos del consumidor al prohibir e ilegalizar la compra de un simple celular por Internet, bajo la modalidad de trafico postal y envíos urgentes. Creo que la solución esta en manos de los ciudadanos.

http://www.mintic.gov.co/portal/604/w3-article-4801.html
https://gestiondocumental.mincit.gov.co/gestiondoc/validacion.asp]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-351022">Moi</a>.</p>
<p>No solo se incumple con lo que se Negocio en el TLC. También se esta vulnerado los Derechos del Consumidor. LEY 1480 de 2011 Art. 3 Numeral 1.7. Derecho de elección: Elegir libremente los bienes y servicios que requieran los consumidores.</p>
<p>También se vulneran los principios de Libre Competencia y se viola el acceso y uso de las tecnologías de la Información. LEY 1431 de 2009. Articulo 2 (Principio 1 y 2) y Articulo 4 Numeral 5.</p>
<p>Se podría iniciar con derechos de petición a través de la web del ministerio de tics e Industria y Comercio. Y dependiendo de lo que contesten se podria seguir con un demanda ante el consejo de estado. Cualquier Ciudadano que tenga el tiempo libre puede imponer una acción de nulidad por Inconstitucionalidad ante el consejo de estado y el decreto se cae fácilmente. Ya que se violan algunos derechos y principios consagrados en la LEY. Hasta el TLC con Estados Unidos se esta incumpliendo. Cualquier empresa como Amazon, Apple, eBay, Google, puede recurrir al Cap 21 del TLC y alegar que se esta restringiendo el comercio electrónico (e-commerce). Pero alguien lo tiene que hacer. Alguien debe vencer ese miedo a que no se puede hacer nada y sacar el tiempo libre para hacerlo. Claro que se puede hacer algo pero toma su tiempo.</p>
<p>Adjunto los links para aquellos que deseen interponer derechos de petición. En algunos casos hay que registrarse para poder hacerlo. Creo que se podría argumentar que se están violando los derechos del consumidor al prohibir e ilegalizar la compra de un simple celular por Internet, bajo la modalidad de trafico postal y envíos urgentes. Creo que la solución esta en manos de los ciudadanos.</p>
<p><a href="http://www.mintic.gov.co/portal/604/w3-article-4801.html" rel="nofollow ugc">http://www.mintic.gov.co/portal/604/w3-article-4801.html</a><br />
<a href="https://gestiondocumental.mincit.gov.co/gestiondoc/validacion.asp" rel="nofollow ugc">https://gestiondocumental.mincit.gov.co/gestiondoc/validacion.asp</a></p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Leonardo Castillo Gomez		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177605</link>

		<dc:creator><![CDATA[Leonardo Castillo Gomez]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Nov 2015 17:40:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-177605</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177540&quot;&gt;Moi&lt;/a&gt;.

No solo se incumple con lo que se Negocio en el TLC. También se esta vulnerado los Derechos del Consumidor. LEY 1480 de 2011 Art. 3 Numeral 1.7. Derecho de elección: Elegir libremente los bienes y servicios que requieran los consumidores.

También se vulneran los principios de Libre Competencia y se viola el acceso y uso de las tecnologías de la Información. LEY 1431 de 2009. Articulo 2 (Principio 1 y 2) y Articulo 4 Numeral 5.

Se podría iniciar con derechos de petición a través de la web del ministerio de tics e Industria y Comercio. Y dependiendo de lo que contesten se podria seguir con un demanda ante el consejo de estado. Cualquier Ciudadano que tenga el tiempo libre puede imponer una acción de nulidad por Inconstitucionalidad ante el consejo de estado y el decreto se cae fácilmente. Ya que se violan algunos derechos y principios consagrados en la LEY. Hasta el TLC con Estados Unidos se esta incumpliendo. Cualquier empresa como Amazon, Apple, eBay, Google, puede recurrir al Cap 21 del TLC y alegar que se esta restringiendo el comercio electrónico (e-commerce). Pero alguien lo tiene que hacer. Alguien debe vencer ese miedo a que no se puede hacer nada y sacar el tiempo libre para hacerlo. Claro que se puede hacer algo pero toma su tiempo.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177540">Moi</a>.</p>
<p>No solo se incumple con lo que se Negocio en el TLC. También se esta vulnerado los Derechos del Consumidor. LEY 1480 de 2011 Art. 3 Numeral 1.7. Derecho de elección: Elegir libremente los bienes y servicios que requieran los consumidores.</p>
<p>También se vulneran los principios de Libre Competencia y se viola el acceso y uso de las tecnologías de la Información. LEY 1431 de 2009. Articulo 2 (Principio 1 y 2) y Articulo 4 Numeral 5.</p>
<p>Se podría iniciar con derechos de petición a través de la web del ministerio de tics e Industria y Comercio. Y dependiendo de lo que contesten se podria seguir con un demanda ante el consejo de estado. Cualquier Ciudadano que tenga el tiempo libre puede imponer una acción de nulidad por Inconstitucionalidad ante el consejo de estado y el decreto se cae fácilmente. Ya que se violan algunos derechos y principios consagrados en la LEY. Hasta el TLC con Estados Unidos se esta incumpliendo. Cualquier empresa como Amazon, Apple, eBay, Google, puede recurrir al Cap 21 del TLC y alegar que se esta restringiendo el comercio electrónico (e-commerce). Pero alguien lo tiene que hacer. Alguien debe vencer ese miedo a que no se puede hacer nada y sacar el tiempo libre para hacerlo. Claro que se puede hacer algo pero toma su tiempo.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Moi		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177584</link>

		<dc:creator><![CDATA[Moi]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Nov 2015 00:46:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-177584</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177581&quot;&gt;SantiMe&lt;/a&gt;.

Claro, ya firme todas las que encontré... aunque dudo que una petición sirva de mucho, hay que usar procedimientos legales.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177581">SantiMe</a>.</p>
<p>Claro, ya firme todas las que encontré&#8230; aunque dudo que una petición sirva de mucho, hay que usar procedimientos legales.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Moi		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-351070</link>

		<dc:creator><![CDATA[Moi]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Nov 2015 00:46:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-351070</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-351067&quot;&gt;SantiMe&lt;/a&gt;.

Claro, ya firme todas las que encontré... aunque dudo que una petición sirva de mucho, hay que usar procedimientos legales.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-351067">SantiMe</a>.</p>
<p>Claro, ya firme todas las que encontré&#8230; aunque dudo que una petición sirva de mucho, hay que usar procedimientos legales.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: SantiMe		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-351067</link>

		<dc:creator><![CDATA[SantiMe]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 12 Nov 2015 23:05:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-351067</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-351022&quot;&gt;Moi&lt;/a&gt;.

Ayuda firmando la petición que encuentras en change punto org y busca &quot;Decreto 2025&quot; la primera petición que aparece tiene poco mas de 800 firmas. y ayuda comentándole a la gente para que la firme igualmente.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-351022">Moi</a>.</p>
<p>Ayuda firmando la petición que encuentras en change punto org y busca &#8220;Decreto 2025&#8221; la primera petición que aparece tiene poco mas de 800 firmas. y ayuda comentándole a la gente para que la firme igualmente.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: SantiMe		</title>
		<link>https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177581</link>

		<dc:creator><![CDATA[SantiMe]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 12 Nov 2015 23:05:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enter.co/?p=225789#comment-177581</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177540&quot;&gt;Moi&lt;/a&gt;.

Ayuda firmando la petición que encuentras en change punto org y busca &quot;Decreto 2025&quot; la primera petición que aparece tiene poco mas de 800 firmas. y ayuda comentándole a la gente para que la firme igualmente.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.enter.co/empresas/colombia-digital/decreto-2025-solucion-o-mico-opinion/#comment-177540">Moi</a>.</p>
<p>Ayuda firmando la petición que encuentras en change punto org y busca &#8220;Decreto 2025&#8221; la primera petición que aparece tiene poco mas de 800 firmas. y ayuda comentándole a la gente para que la firme igualmente.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
	</channel>
</rss>
